RESOLUCION DIRECTORAL N° 3555-2014-MTC/15 - Autorizan a E.T. Mecano Motor E.I.R.L. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular y operar en local ubicado en el departamento de Lima

Fecha de publicación08 Septiembre 2014
Fecha de disposición08 Septiembre 2014
El Peruano
Lunes 8 de setiembre de 2014
532084
Que, mediante Resolución Directoral Nº 773-2012-
MTC/20 se aprobó el Cuadro de Recursos Humanos
de PROVIAS NACIONAL, en el cual se señala que el
cargo estructural Jefe Zonal II, es un cargo de conf‌i anza
de libre disposición y remoción por el Viceministro de
Transportes;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0404-
2007-MTC/02 de fecha 20 de julio de 2007 se designó al
señor Manuel Morales Jiménez, como Jefe de la Unidad
Zonal Tacna-Moquegua de PROVIAS NACIONAL;
Que, asimismo, se encuentra vacante el cargo de Jefe
de la Unidad Zonal Ica de PROVIAS NACIONAL, el cual
es considerado de conf‌i anza, por lo que resulta necesario
designar al funcionario que desempeñará dicho cargo;
Que, mediante documento del Visto, el Director
Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL propone realizar
acciones de personal con relación a las jefaturas
mencionadas en los considerandos precedentes, las
cuales resultan pertinentes de aprobar;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación
del señor Manuel Morales Jiménez, como Jefe de la
Unidad Zonal Tacna - Moquegua del Proyecto Especial
de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS
NACIONAL, efectuada por Resolución Viceministerial Nº
404-2007-MTC/02 de fecha 20 de julio de 2007, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al señor Manuel Morales
Jiménez, como Jefe de la Unidad Zonal Ica del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional –
PROVIAS NACIONAL.
Artículo 3.- Notif‌i car la presente Resolución al señor
Manuel Morales Jiménez, así como a la Dirección Ejecutiva,
a las Unidades Gerenciales y a las Unidades Zonales del
Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional
– PROVIAS NACIONAL, para los f‌i nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HENRRY ZAIRA ROJAS
Viceministro de Transporte
1134065-1
Autorizan a E.T. Mecano Motor E.I.R.L.
como Taller de Conversión a Gas Natural
Vehicular y operar en local ubicado en
el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 3555-2014-MTC/15
Lima, 22 de agosto de 2014
VISTOS:
Los Partes Diarios N°s. 132039 y 141125 presentados
por la empresa denominada E.T. MECANO MOTOR
E.I.R.L., mediante los cuales solicita autorización para
funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural
Vehicular - GNV a vehículos, en el local ubicado en la Calle
Pedro Herouard N° 197, Distrito de Barranco, Provincia y
Departamento de Lima, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por
Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modif‌i cada
por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15
y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto
Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo
N° 016-2008-MTC, sobre “Régimen de autorización
y funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en
adelante La Directiva, establece el procedimiento y
requisitos que deben presentar las personas jurídicas
para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas
Natural Vehicular;
Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de
Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento
autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre
para realizar la conversión del sistema de combustión de
los vehículos originalmente diseñados para la combustión
de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la
incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor,
para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado,
instalaciones, equipos y herramientas para la instalación,
mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del
motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general;
Que, mediante Parte Diario N° 132039 de fecha 25
de julio de 2014 la empresa denominada E.T. MECANO
MOTOR E.I.R.L., en adelante La Empresa, solicita
autorización para funcionar como Taller de Conversión a
Gas Natural Vehicular - GNV, en el local ubicado en la Calle
Pedro Herouard N° 197, Distrito de Barranco, Provincia
y Departamento de Lima, con la f‌i nalidad de realizar la
conversión del sistema de combustión de los vehículos
originalmente diseñados para la combustión de gasolina,
diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante
la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto
manif‌i esta disponer de personal técnico capacitado,
instalaciones, equipos y herramientas para la instalación,
mantenimiento y reparación de los equipos de conversión;
Que, mediante Of‌i cio N° 5799-2014-MTC/15.03 de
fecha 06 de agosto de 2014 y notif‌i cado el 08 de agosto del
mismo año, esta Administración formuló las observaciones
pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa,
requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se
le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, y mediante Parte
Diario N° 141125 de fecha 11 de agosto de 2014, presentó
diversa documentación con la f‌i nalidad de subsanar las
observaciones señaladas en el of‌i cio indicado;
Que, de acuerdo al Informe Nº 2313-2014-MTC/15.03.
AA.CITV, elaborado por la Dirección de Circulación
y Seguridad Vial, se advierte que la documentación
presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de
la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo
autorizando a la empresa E.T. MECANO MOTOR E.I.R.L.,
como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV;
De conformidad con la Ley N° 29370, Decreto Supremo
Nº 058-2003-MTC y sus modif‌i catorias; y la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-
MTC/15 y modif‌i cada por las Resoluciones Directorales
Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado
al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del
Decreto Supremo N° 016-2008-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada
E.T. MECANO MOTOR E.I.R.L., como Taller de Conversión
a Gas Natural Vehicular - GNV para la instalación del kit
de conversión a vehículos y operar en el local ubicado en
la Calle Pedro Herouard N° 197, Distrito de Barranco,
Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de
cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Resolución Directoral en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Segundo.- La empresa E.T. MECANO
MOTOR E.I.R.L., bajo responsabilidad debe presentar a
la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente
“Certif‌i cado de Inspección del Taller” vigente emitido por
alguna Entidad Certif‌i cadora de Conversiones antes del
vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera Inspección anual del taller 22 de julio del 2015
Segunda Inspección anual del taller 22 de julio del 2016
Tercera Inspección anual del taller 22 de julio del 2017
Cuarta Inspección anual del taller 22 de julio del 2018
Quinta Inspección anual del taller 22 de julio del 2019

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