ORDENANZA N° 178-2013/MDC - Autorizan celebración de matrimonio civil comunitario en el distrito

Fecha de disposición19 Abril 2013
Fecha de publicación19 Abril 2013
El Peruano
Viernes 19 de abril de 2013 493181
Por tanto, en uso de las facultades y atribuciones
y la Constitución Política del Perú. El Consejo Regional del
Gobierno Regional de Puno, por mayoría;
ACUERDA:
Primero.- Establecer la actualización del Acuerdo Regional
N° 058-2011-GRP-CRP, con respecto a la PRIORIZACIÓN
el proyecto: “Ampliación y Mejoramiento de la Capacidad
Resolutiva del Hospital de Apoyo San Martín de Porres de
Macusani, Provincia de Carabaya – Puno”, a ser ejecutado en
el marco de la Ley Nº 29230 y el Decreto Supremo Nº 133-
2012-EF, dada su incorporación al proceso de promoción de la
inversión privada como proyecto de competencia del Gobierno
Regional, detallado conforme lo siguiente:
NOMBRE DEL PROYECTO CÓDIGO
SNIP INVERSIÓN
(S/.)
1 “Ampliación y Mejoramiento de la
Capacidad Resolutiva del Hospital
de Apoyo San Martín de Porres de
Macusani, Provincia de Carabaya
– Puno”.
129661 S/.72,576,984
Nuevos Soles
TOTAL S/.72,576,984
Nuevos Soles
Segundo.- CONSTITUIR el Comité Especial bajo los
alcances de la Ley Nº 29230 y su Reglamento aprobado
por D.S. 133-2012-EF, el cual dirigirá el proceso de
selección de la empresa privada que f‌i nanciará y ejecutará
el proyecto previamente priorizado. El Comité Especial
estará conformado por tres (3) miembros; encargándose al
señor Presidente Regional del Gobierno Regional de Puno
la designación de sus integrantes.
Tercero.- FACULTAR al Presidente Regional del
Gobierno Regional de Puno, a SOLICITAR la Asistencia
Técnica, en la modalidad de Asesoría a la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION,
para el Proceso de Selección de la Empresa Privada que
f‌i nanciará y ejecutará el proyecto priorizando, en el marco
de la DIRECTIVA Nº 006-2004-DE-PROINVERSION.
Cuarto.- AUTORIZAR al Presidente Regional para
que en representación del Gobierno Regional de Puno,
SUSCRIBA el CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA
CON PROINVERSION y las addendas necesarias; así
como los demás aspectos relacionados con la emisión
y uso del CIPRL ceñidos al marco de la Ley Nº 29230,
su Reglamento y la DIRECTIVA Nº 006-2004-DE-
PROINVERSION.
Quinto.- INSTAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno
Regional a informar permanentemente y bajo
responsabilidad, al Consejo Regional, el desarrollo de
todas las etapas que concreten la ejecución del proyecto
señalado en el punto primero.
Sexto.- DISPONER la publicación del presente
Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno
Regional, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL QUISPE TIPO
Consejero Delegado
926053-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Autorizan celebración de matrimonio
civil comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 178-2013/MDC
Cieneguilla, 11 de abril de 2013
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIENEGUILLA
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de la fecha el Informe Nº
030- 2013-SG-MDC, de Secretaría General, el Informe
Nº 049- 2013-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, el Informe Nº 003-2013-2013-GM-MDC de
la Gerencia Municipal respecto al proyecto sobre la
realización del Matrimonio Civil Comunitario 2013 y de
conformidad a lo establecido por los artículos 233º, 248º
y 252º del Código Civil, que establecen entre otras las
formalidades, requisitos y dispensa de la publicación de
edictos, de igual manera teniendo en cuenta lo dispuesto
por el artículo 20º, numeral 16) de la Ley Nº 27972,
del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la
aprobación por UNANIMIDAD del Concejo Municipal ha
dado la siguiente:
ORDENANZA SOBRE CELEBRACIÓN DEL
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2013 EN EL
DISTRITO DE CIENEGUILLA
Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del
matrimonio civil comunitario, en el distrito de Cieneguilla,
para el día 15 de junio de 2013, a horas 10:00 am, evento
a realizarse en el frontis del Palacio Municipal.
Artículo Segundo.- DISPONER el pago total de S/.
60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), por apertura
de pliego matrimonial y de ceremonia, debiendo cumplir
con los requisitos señalados en el Texto Unico de
Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
y con lo dispuesto en los artículos 248º y 250º del Código
Civil, pudiendo la entidad en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
solicitar información adicional escrita, que pueda considerar
indispensable.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que el plazo
de inscripción para la celebración del Matrimonio
Civil Comunitario será a partir del día siguiente de la
publicación de la presente norma y culminará el 08 de
junio de 2013.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría
General el cumplimiento de la presente Ordenanza, así
como su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la
Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la
difusión y programación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
926031-1
MUNICIPALIDAD DE
PACHACÁMAC
Aprueban Balance General y Memoria
Anual del Ejercicio Económico 2012
de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 020-2013-MDP/A
Pachacámac, 25 de marzo del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PACHACAMAC
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Marzo
del 2013, el Informe Nº 034-2013-MDP/OA-UC e Informe
Nº 041-2013-MDP/OPP e Informe Nº 075-2013-MDP/
OAJ emitido por la Unidad de Contabilidad, Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto y Of‌i cina de Asesoría Jurídica
respectivamente, a través del cual solicitan la aprobación
del “Balance General y la Memoria de Anual del Ejercicio
Económico 2012”; y,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR