ORDENANZA N° 017-2011-RMDD/CR - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2011) de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios

Fecha de disposición26 Enero 2012
Fecha de publicación26 Enero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 26 de enero de 2012 459871
Sesenta y Ocho y 42/100 Nuevos Soles) por la fuente de
f‌i nanciamiento Recursos Determinados Rubro 18 Canon,
Sobrecanon, Renta de Aduanas y Participaciones, para
f‌i nanciar el proyecto “Mejoramiento del Sistema de Video
Vigilancia en el Distrito de La Punta-Provincia Callao-
Región Callao”, con Código de SNIP Nº 190302, el
mismo que aparece como declarado viable en el Banco
de Proyectos del Sistema Nacional de Inversiones
Públicas del Ministerio de Economía y Finanzas,; por
los fundamentos expuestos en la parte considerativa del
presente Acuerdo del Consejo Regional.
2.- Encargar a la Gerencia General Regional, a la
Gerencia de Administración y a la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial el cumplimiento del presente Acuerdo.
3.- Encargar a la Gerencia de Administración disponga
la publicación del presente Acuerdo del Consejo Regional
en el Diario Of‌i cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto
en el inciso 12.2 del Artículo 12º de la Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012-Ley Nº 29812.
4.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga al
presente Acuerdo del Consejo Regional.
5.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de
lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
FELIX MORENO CABALLERO
Presidente
745264-1
GOBIERNO REGIONAL
DE MADRE DE DIOS
Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA 2011) de la
Dirección Regional de Educación de
Madre de Dios
ORDENANZA REGIONAL
Nº 017-2011-RMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre
de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo, el 16 de
diciembre del 2011;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa, teniendo por misión
la de organizar y conducir la gestión pública regional, de
acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas
y delegadas en el marco de las políticas nacionales,
sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo
integral y sostenible de la región;
Que, la misión de los Gobiernos Regionales es
organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo
a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas,
en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para
contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región,
de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la
concordante con el inciso “a” del artículo 15, que prescribe
que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar,
modif‌i car o derogar las normas que regulen o reglamenten
los asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos,
es un documento de gestión que uniforma, reduce,
simplif‌i ca y unif‌i ca la información relativa al trámite de la
solicitud que el administrado presenta a la entidad en el
ejercicio de su derecho de petición; siendo de carácter
descriptivo e informativo, orientador de los agentes
económicos y administrados en general, sobre los
procedimientos y servicios administrativos que presten
los diferentes órganos de la entidad;
Que, la Dirección Regional de Educación de Madre
de Dios, ha cumplido con remitir su Texto Único de
Procedimientos Administrativos al Gobierno Regional de
Madre de Dios, para su respectivo trámite de aprobación.
Documento que comprende a la Dirección Regional de
Educación (Sede); Instituciones Educativas; Centros de
Educación Técnico – Productiva; y, Escuelas e Institutos de
Educación Superior;
Que, mediante Informe Nº 226-2011-GOREMAD/
GRPPYAT-SGDIEI, la Sub Gerencia de Desarrollo
Institucional e Informática, emite opinión técnica
favorable para su aprobación; por cuanto, se encuentra
correctamente formulado, en el marco de la normatividad
vigente, como es el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM y
Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, la misma que hace
suya la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto
y Acondicionamiento Territorial a través del Memorando
Nº 1009-2011-GOREMAD/GRPPYAT;
Que, mediante Opinión Legal Nº 1128-2011-
GOREMAD-ORAJ, la Of‌i cina Regional de Asesoría
Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del
presente documento de gestión;
Que, mediante Of‌i cio Nº 1622-2011-GOREMAD/PR,
el Presidente Regional, cumple con remitir el referido
documento de gestión al Consejo Regional, solicitando
su aprobación. El mismo que mediante Of‌i cio Nº 318-
2011-GOREMAD-CR/CD, es puesto a conocimiento de la
Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y
Cultura del Consejo Regional;
Que, mediante Dictamen Nº 001-2011-GOREMAD/
CECTDYC, la Comisión Ordinaria de Educación, Ciencia,
Tecnología, Deporte y Cultura del Consejo Regional, emite
opinión favorable para la correspondiente aprobación;
Que, el Consejo Regional en pleno, en sesión ordinaria,
luego del análisis y debate correspondiente, con el voto
aprobatorio por mayoría de los Consejeros Regionales, ha
considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el
considerando precedente y por ende el documento de gestión
denominado Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA 2011), de la Dirección Regional de Educación de
Madre de Dios;
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las
facultades conferidas por la Constitución Política del Perú;
sus modif‌i catorias;
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Dictamen Nº 001-
2011-GOREMAD/CECTDYC, de la Comisión Ordinaria
de Educación, Ciencia, Tecnología, Deporte y Cultura del
Consejo Regional. Consecuentemente, APROBAR el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2011) de
la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios, que
comprende a la Dirección Regional de Educación (Sede);
Instituciones Educativas; Centros de Educación Técnico –
Productiva; y, Escuelas e Institutos de Educación Superior.
Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto alguno, toda
disposición o norma legal, en cuanto se contraponga a lo
dispuesto en la presente ordenanza regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Of‌i cina de
Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la
publicación de la presente Ordenanza Regional en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal Electrónico del
Gobierno Regional de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Madre de Dios, para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los diecinueve
días del mes de diciembre del año dos mil once.
AURELIO PANTALEÓN ALPACA RUÍZ
Consejero Delegado
Consejo Regional

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