1074 0744-99 - Aprueban Normas para la Gestión de Tesorería

Fecha de disposición13 Agosto 1999
Fecha de publicación13 Agosto 1999
Pág. 176803
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 13 de agosto de 1999
Visto el Informe Nº 220-99-GAJ/RENIEC, emitido por la
Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 26 de julio de 1999.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Infor-
me del Visto se desprende que personas no identificadas han
incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor
público al hacer insertar en instrumento público declaraciones
falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mis-
mo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos
Juan Torres Ucedo y Marcela Llanos Quispe;
Que, el hecho antes descrito constituye indicio razonable de
la comisión de presunto delito contra la administración pública
y contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica
y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 428º y 438º del
Código Penal vigente;
Que, en atención al considerando precedente resulta necesa-
rio autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos
judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
para que interponga las acciones que correspondan en defensa
de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables,
solicitándose al Ministerio Público y la Dirección de la Policía
Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones
conducentes a la identificación de los sujetos que han suplanta-
do a los ciudadanos Juan Torres Ucedo y Marcela Llanos Quispe;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, para que en nombre y representación de los
intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales
que correspondan contra quienes resulten responsables, por
presunto delito contra la administración pública y la fe pública,
en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la
presente Resolución Jefatural.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA
Jefe Nacional
Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil
10459
S B S
Autorizan el cierre de oficina especial
bancaria ubicada en el distrito de Los
Olivos, provincia de Lima
RESOLUCION SBS Nº 0726-99
Lima, 9 de agosto de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Banex S.A. para que se
le autorice el cierre de la Oficina Especial ubicada en las insta-
laciones de Serpost Correos del Perú S.A., en la Av. Tomás Valle
s/n Cuadra 7, distrito de Los Olivos, provincia de Lima, depar-
tamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la docu-
mentación pertinente que justifica el cierre solicitado;
Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación
del Sistema Financiero "A" mediante Informe Nº ASIF "A"-124-
OT/99; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley
Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-
; y la Circular Nº B-1996-97 y la Resolución SBS Nº 003-98;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al Banco Banex S.A. el cierre de
la Oficina Especial ubicada en las instalaciones de Serpost
Correos del Perú S.A., en la Av. Tomás Valle s/n Cuadra 7,
distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta Adjunta de Banca
10455
Autorizan apertura de oficina especial
temporal bancaria en el distrito y
provincia de Arequipa
RESOLUCION SBS Nº 0733-99
Lima, 10 de agosto de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Lima Sudameris
requiriendo la autorización de esta Superintendencia para la
apertura de una oficina especial temporal en la Feria Arequipa
'99, evento a realizarse en el Campo Ferial del Cerro Juli,
distrito y provincia de Arequipa, del 13 al 22 de agosto de 1999;
y,
CONSIDERANDO:
Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica la apertura solicitada;
Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y
Supervisión de Intermediarios Financieros "C" mediante Infor-
me Nº ASIF"C"-160-OT/99; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley
Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
y la Circular Nº B-1996-97 y en uso de la facultad delegada
mediante Resolución SBS Nº 003-98;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Lima Sudameris la
apertura de una oficina especial temporal en la Feria Arequipa
'99, evento a realizarse en el Campo Ferial del Cerro Juli,
distrito y provincia de Arequipa, del 13 al 22 de agosto de 1999.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta Adjunta de Banca
10472
Aprueban Normas para la Gestión de
Tesorería
RESOLUCION SBS Nº 0744-99
Lima, 10 de agosto de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,
Ley Nº 26702, modificada mediante las Leyes Nº 27008 y Nº
27102, en adelante Ley General, señala en su Artículo 178º que
las empresas del sistema financiero deben cuidar que exista una
correspondencia adecuada entre los plazos de sus operaciones
activas y pasivas;
Que, mediante la Resolución SBS Nº 622-98 del 30 de junio
de 1998 se aprobaron las Normas para la Gestión de Tesorería;
Que, es necesario realizar modificaciones a la mencionada
Resolución con el propósito que las empresas del sistema finan-
ciero administren su riesgo de liquidez de una manera más
adecuada;
Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de
Banca y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y
9 del Artículo 349º de la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar las Normas para la Gestión
de Tesorería, que forman parte integrante de esta resolución.

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