47 073 - Modifican la Ordenanza N° 039-01 que aprobó el Reglamento para la Cesión en Uso de Inmuebles de Propiedad Municipal

Fecha de disposición02 Enero 2004
Fecha de publicación02 Enero 2004
Pág. 258928
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 2 de enero de 2004
MUNICIPALIDAD DE
LA MOLINA
Modifican la Ordenanza 039-01 que
aprobó el Reglamento para la Cesión en
Uso de Inmuebles de Propiedad Municipal
ORDENANZA Nº 073
La Molina, 16 de diciembre de 2003
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA;
Visto, en Sesión Ordinaria del 11 de diciembre del 2003,
el Dictamen Nº 012-2003 de fecha 5 de diciembre del 2003,
emitido por la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto a
la Ordenanza Nº 039-2001 del 2 de octubre del 2001, que
aprueba el Reglamento para la Cesión en Uso de Inmue-
bles de Propiedad Municipal; y,
De conformidad con lo establecido por el Artículo 39º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por Una-
nimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta,
ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Único.- Modificar la Ordenanza Nº 039-01 del
2 de octubre del 2001, en los artículos siguientes:
Artículo 7º inciso f.
Modalidad de financiamiento para la ejecución de la obra
o proyecto propuesto.
Artículo 8º inciso i.
Acreditación de la fuente de financiamiento o copia certifica-
da del acuerdo de asamblea por el cual se aprueba la modalidad
de recaudación de fondos para la ejecución del proyecto.
Artículo 12º
El Concejo Municipal, resolverá la solicitud de Cesión
de uso. El acuerdo establecerá el plazo del inicio de las
obras, plazo que no podrá exceder de un año computado a
partir de la entrega del inmueble.
Artículo 20º inciso c.
El incumplimiento del inicio de las obras dentro del pla-
zo establecido en el artículo 12º de la Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS DIBOS VARGAS PRADA
Alcalde
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Declaran nulidad de adjudicación direc-
ta pública convocada para contratación
de servicio de administración del Cen-
tro Médico Municipal para el año 2004
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 846-2003
La Molina, 19 de diciembre de 2003
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO, el Informe Nº 160-2003-CEP/MDLM del Presi-
dente del Comité Especial Permanente para procesos de
selección por Adjudicación Directa (Públicas y Selectivas)
para la adquisición de bienes, suministros y para la contra-
tación de servicios y consultorías de la Municipalidad de
La Molina para el ejercicio fiscal 2003; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 164-2003 de
fecha 13 de febrero del 2003 se reconformó el Comité Es-
pecial Permanente para procesos de selección por Adjudi-
cación Directa (Públicas y Selectivas) para la adquisición
de bienes, suministros y para la contratación de servicios
y consultorías;
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 813-2003 de fecha
5 de diciembre del 2003 se aprobaron las bases y la con-
vocatoria de la Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2003-
CEP/MDLM para la contratación del servicio de Adminis-
tración del Centro Médico Municipal para el año 2004;
Que, de acuerdo al calendario del proceso de selección se
fijó como fecha de presentación de consultas, aclaraciones y
observaciones a las bases, los días 9, 10, y 11 de diciembre
del presente año en el horario de 08.00 a 16.00 horas debiendo
ser presentadas en la Subgerencia de Logística;
Que, mediante carta de fecha 15 de diciembre del 2003,
el Presidente del Comité Especial Permanente notifica a
todos los adquirientes de las Bases que no habiéndose
presentado consultas ni observaciones, las bases del men-
cionado proceso de selección quedan integradas de con-
formidad con las Normas de Contratación y Adquisición
del Estado;
Que, con carta S/N de fecha 16 de diciembre del 2003, el
adquiriente de bases Centro Médico Moderno S.R.L. señala
que el suscrito presentó una consulta y observación a las ba-
ses el día 11 de diciembre del 2003, la misma que no ha sido
absuelta por el Comité Especial Permanente dentro del plazo
establecido en las bases;
Que, de acuerdo al informe de vistos, se desprende que la
Empresa Centro Médico Moderno S.R.L. cumplió con presen-
tar la consulta y observación dentro del plazo establecido y en
el lugar indicado en las bases, sin embargo, el mencionado
documento no fue alcanzado a los miembros del Comité Espe-
cial Permanente para su absolución respectiva;
Que, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 26º del
Reglamento del Texto Único Ordenado la Ley Nº 26850 - Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Titular del Pliego o la
Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, puede decla-
rar la NULIDAD de oficio del proceso de selección por cual-
quiera de las causales establecidas en el Art. 57º del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, hasta antes de la celebración del
contrato, encontrándose actualmente el proceso en la etapa
de Integración de Bases;
Que, el Artículo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-
PCM, establece, entre otros, que se declaran nulos los actos
administrativos expedidos cuando prescindan de las nor-
mas esenciales del procedimiento;
Que, en el presente caso se ha cumplido el supuesto
contenido de la norma en mención, por lo que resulta pro-
cedente declarar la Nulidad de oficio de la Adjudicación
Directa Pública Nº 0008-2003-CEP/MDLM debiendo retro-
traerse la misma, hasta la etapa de Absolución de Consul-
tas e Integración de Bases;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 26º del Regla-
mento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado
por D.S. Nº 013-2001-PCM, y; en uso de las facultades
conferidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Munici-
palidades;
RESUELVE:
Primero.- Declárese la NULIDAD de oficio de la Adjudi-
cación Directa Pública Nº 0008-2003-CEP/MDLM Primera
Convocatoria de la contratación del servicio de Adminis-
tración del Centro Médico Municipal para el año 2004, por
las razones expuestas en la parte considerativa de la pre-
sente Resolución.
Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la etapa de
Absolución de Consultas e Integración de Bases, de acuer-
do a lo estipulado en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº
26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
y su Reglamento.
Tercero.- Dispóngase la publicación de la presente
Resolución de Alcaldía, en el Diario Oficial El Peruano, de
acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 26º del Reglamento
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por
D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo máximo de cinco (5)
días hábiles de emitida.
Cuarto.- Encargar al Comité Especial Permanente de-
signado, el cumplimiento de la presente Resolución, y a la
Gerencia General las sanciones a que hubiere lugar.
Regístrese, comuníquese, y publíquese.
LUIS DIBÓS VARGAS PRADA
Alcalde
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