ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCION Nº 069-2013-CONAFU - Reconocen a Presidente y Gerente General de la ComisiOn Organizadora de la Universidad Peruana Santo TomAs de Aquino de Ciencia e IntegraciOn RESOLUCION Nº 069-2013-CONAFU

Fecha de disposición18 Febrero 2013
Fecha de publicación18 Febrero 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 18 de febrero de 2013
488176
Artículo Cuarto.- SOLICITAR a la Asamblea Nacional
de Rectores dar trámite a los actos administrativos que
permitan la ejecución de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente
JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA
Secretario General
902051-1
Reconocen a Presidente de la Comisión
Organizadora de la Universidad Privada
SISE
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE
FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
(CONAFU)
RESOLUCIÓN Nº 042-2013-CONAFU
“UNIVERSIDAD PRIVADA SISE”
Lima, 16 de enero de 2013
VISTOS: Carta s/n recibida el 21 de diciembre de
2012, Ocio Nº1576-2012-CONAFU-CDAA de fecha 28
de diciembre de 2012, y el Acuerdo Nº 049-2013-CONAFU
de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 16 de enero
de 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades
- CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea
Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento
de las Universidades del país bajo su competencia;
Que, el artículo 2º inciso e) de la ley 26439, se
establece que; son atribuciones del CONAFU: Reconocer
a las comisiones organizadoras a propuesta de los
promotores;
Que, el artículo 10º inciso o) del Estatuto del CONAFU,
aprobado por Resolución 189-2006-CONAFU del 13 de
julio de 2006, se establece que, son atribuciones del Pleno
del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras
propuestas por los promotores, previa vericación del
cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley
y demás normas; y designar a las comisiones de las
universidades públicas;
Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento,
Evaluación y Certicación Institucional de Universidades y
Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En
adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-
2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el artículo
18º establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio
a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a
los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada
por tres miembros: a) un Presidente, que asume dirección
de la Comisión con las funciones y responsabilidades
que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las
funciones de Representante Legal…”;
Que, el Artículo 20º del Reglamento de Funcionamiento,
Evaluación y Certicación Institucional de Universidades
y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del
CONAFU”, prescribe: Para el reconocimiento por el
CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión
Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos
en los artículos 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733 “Ley
Universitaria”;
Que, el Artículo 21º del Reglamento de Funcionamiento,
Evaluación y Certicación Institucional de Universidades
y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del
CONAFU”, prescribe: EI cargo de miembro de Comisión
Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible
con el desempeño de cualquier otra función o actividad
pública o privada;
Que, por Carta s/n recibida el 21 de diciembre de
2012, el Representante de la Promotora de la Universidad
Privada SISE, se dirige al Presidente de CONAFU para
remitirle la propuesta del profesional idóneo para ocupar
el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de
dicha Universidad;
Que, mediante Ocio Nº1576-2012-CONAFU-
CDAA de fecha 28 de diciembre de 2012, la Comisión
Académica da a conocer que con Carta s/n recibida el 21
de diciembre de 2012, el Representante de la Promotora
de la Universidad Privada SISE, se dirige al Presidente
de CONAFU para remitirle la propuesta del profesional
idóneo para ocupar el cargo de Presidente de la
Comisión Organizadora de dicha Universidad; revisado
y analizados los documentos presentados, la Comisión
Académica sugiere al Pleno del CONAFU: Reconocer
al Dr. Tomás Napoleón Barreto Bazán como Presidente
de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada
SISE, por cumplir con los requisitos para el cargo
propuesto.
Que, en Sesión Ordinaria, de fecha 16 de enero
de 2013 después de deliberar, el Pleno del CONAFU
por Acuerdo 049-2013-CONAFU convinieron por
UNANIMIDAD: Reconocer al Dr. Tomás Napoleón Barreto
Bazán como Presidente de la Comisión Organizadora de
la Universidad Privada SISE, por cumplir con los requisitos
para el cargo propuesto.
En atención a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto
del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU
tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir
y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del
CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones”, de
conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y
de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d)
y e) del referido Estatuto del CONAFU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONOCER al Dr. Tomás
Napoleón Barreto Bazán como Presidente de la Comisión
Organizadora de la Universidad Privada SISE, por cumplir
con los requisitos para el cargo propuesto.
Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la
Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución
para los actos administrativos correspondientes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ
Presidente
JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA
Secretario General
902050-1
Reconocen a Presidente y Gerente
General de la Comisión Organizadora
de la Universidad Peruana Santo Tomás
de Aquino de Ciencia e Integración
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN
DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
(CONAFU)
RESOLUCIÓN Nº 069-2013-CONAFU
“UNIVERSIDAD PERUANA SANTO TOMÁS DE
AQUINO DE CIENCIA E INTEGRACIÓN”
Lima, 1 de febrero de 2013
VISTOS: Ocio N° 018-2012-UPSTA SAC/P recibido
el 12 de diciembre de 2012, Ocio N°001-2013-UPSTA
SAC/P recibido el 14 de enero de 2013, Ocio Nº 0033-
2013-CONAFU-CDAA de fecha 21 de enero de 2013, y el
Acuerdo Nº 078-2013-CONAFU de la sesión del Pleno del
CONAFU de fecha 30 de enero de 2013, y;

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