ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCION Nº 080-2013-CONAFU - Encargan funciones de Vicepresidente AcadEmico de la Universidad MarIa Auxiliadora RESOLUCION Nº 080-2013-CONAFU

Fecha de disposición18 Febrero 2013
Fecha de publicación18 Febrero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 18 de febrero de 2013 488177
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades
- CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea
Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de
las Universidades del país bajo su competencia;
Que, el artículo 2º inciso e) de la Ley 26439, se
establece que; son atribuciones del CONAFU: Reconocer
a las comisiones organizadoras a propuesta de los
promotores;
Que, el artículo 10º inciso o) del Estatuto del
CONAFU, se establece que; son atribuciones del Pleno
del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras
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cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley
y demás normas; y designar a las comisiones de las
universidades públicas;
Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento,
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y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU
(En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución
Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005,
en el artículo 18º establece que: “Para organizar la
Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora
propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión
Organizadora, conformada por tres miembros: a) un
Presidente, que asume dirección de la Comisión con las
funciones y responsabilidades que corresponden al Rector
de la Universidad; ejerce las funciones de Representante
Legal…”;
Que, el Artículo 20° del Reglamento de Funcionamiento,
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bajo competencia del CONAFU”, prescribe: Para el
reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos
para una Comisión Organizadora deben cumplir los
requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de
la Ley Nº 23733 “Ley Universitaria”;
Que, el Artículo 21° del Reglamento de Funcionamiento,
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bajo competencia del CONAFU”, prescribe: EI cargo de
miembro de Comisión Organizadora exige dedicación
exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier
otra función o actividad pública o privada;
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recibido el 12 de diciembre de 2012, la Promotora de la
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Comisión Organizadora de la Universidad;
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P recibido el 14 de enero de 2013, la Promotora de la
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e Integración hace llegar la Currícula Vitae de la Mg.
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de fecha 21 de enero de 2013, la Comisión Académica
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Aquino de Ciencia e Integración hace llegar la Currícula
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y analizados los documentos presentados, la Comisión
Académica sugiere al Pleno del CONAFU: 1) Reconocer
al Dr. Cesar Arturo Mantilla Avalos, como Presidente de
la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana
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como Gerente General de la Comisión Organizadora
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de Ciencia e Integración. 3) Requerir a la Promotora
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Ciencia e Integración, proponer al profesional, para la
Vicepresidencia Académica que reúna los requisitos de
Ley Universitaria N° 23733 y Resolución N° 100-2005-
CONAFU;
Que, en Sesión, de fecha 30 de enero de 2013
después de deliberar, el Pleno del CONAFU por Acuerdo
Nº 078-2013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD:
1) Reconocer al Dr. Cesar Arturo Mantilla Avalos, como
Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad
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como Gerente General de la Comisión Organizadora de la
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Integración. 3) Requerir a la Promotora de la Universidad
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proponer al profesional, para la Vicepresidencia Académica
que reúna los requisitos de Ley Universitaria N° 23733 y
Resolución N° 100-2005-CONAFU;
En atención a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del
Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del
CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…
d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones
del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas
resoluciones”, de conformidad con lo establecido en el
42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del
CONAFU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECONOCER al Dr. Cesar
Arturo Mantilla Avalos, como Presidente de la Comisión
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Aquino de Ciencia e Integración.
Artículo Segundo.-  
del Pilar Romero Villar como Gerente General de la
Comisión Organizadora de la Universidad Peruana Santo
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Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora de
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Ciencia e Integración, proponer al profesional, para la
Vicepresidencia Académica que reúna los requisitos de
Ley Universitaria N° 23733 y Resolución N° 100-2005-
CONAFU;
Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la
Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución
para los actos administrativos correspondientes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
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Presidente
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Secretaria General
902049-1
Encargan funciones de Vicepresidente
Académico de la Universidad María
Auxiliadora
RESOLUCIÓN Nº 080-2013-CONAFU
Lima, 01 de Febrero de 2013
“UNIVERSIDAD MARIA AUXILIADORA”
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2013-CONAFU-CDAA de fecha 21 de enero de 2013, y
por Acuerdo Nº 089-2013-CONAFU de la Sesión Ordinaria
del Pleno del CONAFU de fecha 30 de enero de 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de
1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización
de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como
órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores
y ente rector del funcionamiento de las Universidades del
país bajo su competencia;
Que, en el artículo 3º del Estatuto, se establece
que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades:
f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las
Universidades Públicas y Privadas…”; en concordancia

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