Análisis y propuesta para el reconocimiento de los derechos de la naturaleza

AutorIrene Yuvalena Huanca Excelmes
CargoUniversidad Nacional del Altiplano, Perú
Páginas40-49
Revista de Derecho, 2023, vol. 8, núm. 1, Enero-Julio, ISSN: 2313-6944 / 2707-9651
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Proyecto académico sin fines de lucro, desarrollado bajo la iniciativa de acceso abierto 40
Artículos de doctrina, análisis y critica jurisprudencial
Análisis y propuesta para el reconocimiento de los derechos de la naturaleza
Analysis and proposal for the recognition of right of nature
Irene Yuvalena Huanca Excelmes
Universidad Nacional del Altiplano, Perú
ihuanca@unap.edu.pe
https://orcid.org/0000-0001-5505-5576
DOI: https://doi.org/10.47712/rd.2023.v8i1.230
Redalyc: https://www.redalyc.org/articulo.oa?
id=671873852005
Recepción: 03 Marzo 2023
Aprobación: 16 Marzo 2023
Publicación: 18 Marzo 2023
Resumen:
Leer noticias en las que se reconocen derechos a los ríos como el “Atrato” en Colombia, el río “Ganges y Yamuma” en India, el
río “Yarra” en Australia el río “Te Urewera” en Nueva Zelandia, o el reconocimiento de la amazonía colombiana como sujeto de
derechos y en el ámbito nacional tenemos el proyecto de ley N°06957/2020-CR, a través del cual se pretende “reconocer que la
madre naturaleza, los ecosistemas y las especies son titulares de derechos y sujetos de protección por parte del Estado, por tratarse
de entes vivos, con valor intrínseco y universal, que tienen derecho a existir, desarrollarse naturalmente, regenerarse, restaurarse y
evolucionar” y a nivel local tenemos la ordenanza Municipal N° 018-2019-CM-MPM/A del 23 de setiembre del 2019 Reconoce
a “la cuenca del río Llallimayo como sujeto de derecho con el f‌in de institucionalizar y generar los mecanismos y estrategias
municipales que garanticen la conservación y gestión sostenible en benef‌icio de la población y de los ecosistemas” y la Ordenanza
Distrital N° 006-2019-MDO/A del 26 de diciembre de 2019 en cuyo Artículo 1° reconocer a la madre agua-Yaku-Unu Mama
como un ser viviente sujeto de derechos en todas sus formas: puquios, manantiales, ríos, lagunas, lagos. Nos provoca la siguiente
pregunta: ¿es el momento histórico para incorporar constitucionalmente derechos a la naturaleza? ¿Es el momento histórico para
incorporar principios que cimienten un biocentrismo? Es pues una tarea pendiente que debe ser debatida nuevamente en nuestro
futuro próximo.
Palabras clave: derechos de la naturaleza, biocentrismo, antropocentrismo, Ordenanza Municipal, derecho comparado,
proyecto de ley.
Abstract:
Reading news about which rights are recognized in ( To ) the Rivers such as the “ Atrato” in Colombia, the “ Ganges and Yamuma”
rivers in India, the “Yarra” river in Australia, the “ Te Urewera” river in New Zealand, or the recognition of the Colombian
amazon as subject of law and in the national ambit we have the Proyecto de ley N°06957/2020-CR rough which it is intended
to recognize that mother nature, ecosystems and species are holders of rights and subjects of protection by the state. dealing with
living entities, with intrinsic and universal value that have the right to exist, develop naturally, regenerate, restore and evolve, and
at the local level we have the municipal ordinance of September 23, 2019, recognizes the LLallimayo river basin as a subject of
law in order to institutionalize and generate municipal mechanisms and strategies that guarantee conservation and sustainable
management for the benef‌it of the population and ecosystems.
Keywords: rights of nature, biocentrism, anthropocentrism, Municipal Ordinance, comparative law, bill.
1. LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA Y SU RECONOCIMIENTO A NIVEL
INTERNACIONAL
Algunas ideas que resulta relevante resaltar aquí es el siguiente cuadro

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