Análisis del conflicto de competencias del Poder Ejecutivo (Mincetur) con el Poder Judicial en el Tribunal Constitucional: ¿una relación de jerarquía?

AutorAníbal Quiroga León
CargoProfesor Principal de la Facultad de Derecho y ex Editor General de la Revista Derecho-PUC de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Ex Vocal Suplente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Miembro de la Asociación Internacional de Derecho Procesal, del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal, de la Asociación Peruana de Derecho ...
Páginas109-132
Análisis del conflicto de competencias del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial 109
Análisis del conflicto de competencias del
Poder Ejecutivo (Mincetur) con el Poder
Judicial en el Tribunal Constitucional:
¿una relación de jerarquía?*
ANÍBAL QUIROGA LEÓN**
«El Tribunal Constitucional es una pieza inventada de arriba abajo por el cons-
titucionalismo norteamericano y reelaborada, en la segunda década de este siglo
(XX), por uno de lo más grandes juristas europeos, Hans KELSEN. Su punto de
partida es, como se comprende, que la Constitución es una norma jurídica, y no
cualquiera, sino la primera de todas, lex superior, aquella que sienta los valores
supremos de un ordenamiento y que desde esa supremacía es capaz de exigir
cuentas, de erigirse en el parámetro de validez de todas las demás normas
jurídicas del sistema»
Eduardo GARCÍA DE ENTERRÍA
La invención norteamericana de la ‘judicial review’ y su papel en el sistema
* Basado en la ponencia «Los Excesos del Tribunal Constitucional Perua-
no: a propósito del Control Concentrado de la Constitución» presenta-
da al «VII Congreso Nacional de Derecho Constitucional», organizado
por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Santa María, el
Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa y la Asociación Peruana de
Derecho Constitucional, en Arequipa en septiembre de 2005.
** Profesor Principal de la Facultad de Derecho y ex Editor General de la
Revista Derecho-PUC de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Ex
Vocal Suplente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Miembro de la
Asociación Internacional de Derecho Procesal, del Instituto Iberoame-
ricano de Derecho Procesal, de la Asociación Peruana de Derecho Cons-
titucional y del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal
Constitucional. Investigador becario del Instituto Internacional para
la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), Roma, 2002. Ex Direc-
tor del la Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Constitucional
y Secretario Ejecutivo del Centro de Investigaciones de Derecho Proce-
sal y Comparado del Perú (CEDEPRO). Abogado en ejercicio.
Aníbal Quiroga León110
«Los dos modelos, el americano y el europeo, se aproximan paulatinamente, de
manera recíproca, y como ejemplo podemos mencionar a la Corte Suprema
Federal de Estados Unidos, que en apariencia es el Tribunal Federal de mayor
jerarquía en el clásico sistema difuso, por medio de su competencia discrecional
denominada Certiorari, (...) pero se ha convertido en un verdadero Tribunal
Constitucional, ya que la mayoría, por no decir la totalidad de los asuntos de
que conoce, tienen carácter directamente constitucional, en especial en materia
de derechos humanos. Por otra parte, sus resoluciones son obligatorias para
todos los jueces del país, de acuerdo con el principio que se califica de stare
decisis (obligatoriedad del precedente), de manera que cuando la citada Corte
Suprema declara la inconstitucionalidad de una Ley, dicho fallo posee en la
práctica efectos generales, pues debido a su prestigio moral también las autori-
dades administrativas acatan sus resoluciones.»
Héctor FIX-ZAMUDIO
Introducción al Derecho Procesal Constitucional
SUMARIO: I. Introducción. II. Los sistemas de control constitucional de las leyes. III. El
sistema de control concentrado de las leyes: el Tribunal Constitucional. IV. La actividad
de «control constitucional» del Tribunal Constitucional peruano V. Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
La invitación de Palestra del Tribunal Constitucional, periódica publicación de
jurisprudencia del Tribunal Constitucional debidamente comentada, a tra-
vés de Domingo García Belaunde, coordinador de este colectivo, hace posi-
ble la presente ponencia sobre el tema que plantea la Sentencia del Pleno Jurisdic-
cional del Tribunal Constitucional en el caso N.º 006-2006-PC/TC de 12 de febrero
de 2007, en que se resolvió el conflicto de competencia planteado por el Poder
Ejecutivo (por medio del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo —en adelante
MINCETUR–) contra el Poder Judicial, por las autorizaciones y funcionamiento de
los casinos de juegos y máquinas tragamonedas, el mismo que fue dirimido a favor
de la posición del demandante.
Esta ponencia, como no podría ser de otra manera, por su temática tiene como
antecedente la que en su día fuera presentada al VII Congreso Nacional de Dere-
cho Constitucional, llevado a cabo por la Facultad de Derecho de la Universidad
Católica Santa María, el Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa y la Asociación
Peruana de Derecho Constitucional, en Arequipa en septiembre de 2005, y que
llevara por título «Los excesos del Tribunal Constitucional peruano: a propósito
del control concentrado de la Constitución».
No cabe duda que, por diversos factores, en los tiempos actuales apreciamos
en nuestra vida política, en nuestro desarrollo democrático y en nuestra academia,
el notorio auge y desarrollo innegable del Derecho Procesal Constitucional, joven

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