Análisis del beneficio fiscal a favor de la familia en los tributos cedidos en la España de las autonomías: Periodo 2000-2015

AutorSergio Náñez Alonso
CargoProfesor de Derecho Financiero y Tributario I y II, Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas, Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila, España
Páginas461-495
Análisis del beneficio fiscal a favor de la
familia en los tributos cedidos en la España de
las autonomías: Periodo 2000-2015
Analysis of the Tax Benefit in Favor of the Family in the
Taxes Assigned in the Spain of the Autonomies: Period
2000-2015
SERGIO NÁÑEZ ALONSO*
Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila
Resumen: En el presente artículo, se analizan los beneficios fiscales presentes
en los tributos cedidos a las comunidades autónomas españolas; centrando
el estudio en aquellos establecidos a favor de la familia. Inicialmente, se
estudia el análisis sobre el beneficio fiscal realizado por otros autores. Se
aborda el concepto de beneficio fiscal, así como los efectos que derivan de
su establecimiento: equidad, igualdad de trato y asignación monetaria en
las leyes reguladoras de cada Comunidad Autónoma y en sus presupuestos
anuales. Esto es necesario para, seguidamente, poder realizar un análisis
cualitativo y cuantitativo en el periodo objeto de estudio (años 2000 a 2015).
Tras ello, se expone también cómo los beneficios fiscales establecidos en las
comunidades autónomas generan desigualdades entre ciudadanos ante un
mismo hecho o situación. Analizamos de manera cualitativa y cuantitativa
las diferencias generadas, así como la asignación en euros por habitante,
año y comunidad autónoma. Una vez realizado el análisis anteriormente
descrito, podremos mostrar la gran diferencia que hay entre las comunidades
autónomas a la hora de establecer los beneficios fiscales a favor de la familia,
estableciendo diferencias entre territorios. De esta manera quedará expuesta
de modo patente la desigualdad en la asignación vía beneficio fiscal en euros
por habitante, año y comunidad autónoma.
Palabras clave: beneficio fiscal, inequidad horizontal, tributación, familia,
comunidades autónomas, incentivo fiscal.
Abstract: In the present article, the tax benefits present in the taxes assigned
to the Spanish autonomous communities are analyzed; centering the study
on those established in favor of the family. Initially, the analysis of the tax
benefit carried out by other authors is studied. The concept of fiscal benefit
is addressed, as well as the effects that derive from its establishment: equity,
equal treatment and monetary allocation in the regulatory laws of each
autonomous community and in its annual budgets. This is necessary in order
to be able to carry out a qualitative and quantitative analysis in the period
under study, from 2000 to 2015. After that, it is also exposed how the tax
benefits established in the autonomous communities generate inequalities
between citizens in the same event or situation. We analyze qualitatively and
quantitatively the differences generated, as well as the allocation in euros per
N° 80, 2018
junio-noviembre
pp.461-495
* Profesor de Derecho Financiero y Tributario I y II, Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas,
Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila (España).
Código ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5353-2017. Correo electrónico: sergio.nanez@ucavila.es
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201801.013
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Derecho PUCP, N° 80, 2018 / ISSN 0251-3420
inhabitant, year and autonomous community. Once the analysis described
above has been carried out, we can show the great difference that exists
between the autonomous communities when it comes to establishing tax
benefits in favor of the family; establishing differences between territories and
leaving inequality in the allocation visible through tax benefits in euros per
inhabitant, year and autonomous community.
Key words: tax benefit, horizontal inequity, taxation, family, autonomous
communities, fiscal incentive.
CONTENIDO: I. EL BENEFICIO FISCAL Y LA EQUIDAD.– I.1. LA EQUIDAD
Y EL IRPF.– I.2. LA EQUIDAD Y EL IP.– I.3. LA EQUIDAD Y EL ISD.– I.4 LA
EQUIDAD Y EL ITP.– II. LA CESIÓN DE COMPETENCIAS NORMATIVAS
A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN MATERIA DE BENEFICIOS
FISCALES.– III. LOS BENEFICIOS FISCALES RESPECTO A LOS HABITANTES
DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.– III.1. ANÁLISIS CUALITATIVO DE
LOS BENEFICIOS FISCALES A FAVOR DE LA FAMILIA EN LA NORMATIVA
TRIBUTARIA AUTONÓMICA DE RÉGIMEN GENERAL: EL IRPF.– III.2. ANÁLISIS
CUALITATIVO DE LOS BENEFICIOS FISCALES A FAVOR DE LA FAMILIA EN LA
NORMATIVA TRIBUTARIA AUTONÓMICA DE RÉGIMEN GENERAL: EL ISD.–
III.3. ANÁLISIS CUALITATIVO DE LOS BENEFICIOS FISCALES EN FAVOR DE
LA FAMILIA EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN GENERAL:
EL ITPY AJD.– IV. ANÁLISIS CUALITATIVO DE LOS BENEFICIOS FISCALES EN
FAVOR DE LA FAMILIA EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN
GENERAL.– V. CONCLUSIONES.
I. EL BENEFICIO FISCAL Y LA EQUIDAD
El concepto de «equidad» es recogido por la Constitución Española en
su artículo 31, cuando señala que «[t]odos contribuirán al sostenimiento
de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante
un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y
progresividad que, en ningún caso tendrá alcance confiscatorio». A
su vez el mismo artículo indica que «El gasto público realizará una
asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y
ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía…».
El citado artículo 31 de la Constitución nos indica la importancia del
precepto de equidad, por lo que es necesario desarrollarlo y corroborar
su importancia en el ámbito fiscal. Según el diccionario de la Real
Academia Española, por equidad podemos entender «igualdad de ánimo,
bondadosa templanza habitual […] y justicia natural, por oposición
a la letra de la ley positiva». Como se puede observar, el término de
equidad es de difícil definición, por lo que no podemos operar con dicha
definición y debemos acudir a la doctrina.
SERGIO NÁÑEZ ALONSO
ANÁLISIS DEL
BENEFICIO FISCAL
A FAVOR DE LA
FAMILIA EN LOS
TRIBUTOS CEDIDOS
EN LA ESPAÑA DE
LAS AUTONOMÍAS:
PERIODO 2000 -2015
ANALYSIS OF THE
TAX BENEFIT IN
FAVOR OF THE
FAMILY IN THE
TAXES ASSIGNED
IN THE SPAIN OF
THE AUTONOMIES:
PERIOD 2000-2015
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Según Pearce (1999, p. 6) la equidad es un concepto que debe de ser
tratado cuando se estudia la materia impositiva y servirá para graduar
la cuantía de los tributos en función de la capacidad de pago. Dicho
autor señala que existen dos tipos de equidad: vertical y horizontal. La
equidad horizontal es aquella que afecta o incide en el tratamiento de
los individuos en circunstancias similares. Según este autor, la equidad
horizontal se consigue cuando «los individuos con una misma renta se
enfrentan a un mismo nivel o carga impositiva» (p. 6). Respecto a la
equidad vertical, es aquella que incide en individuos que se encuentran
en circunstancias diferentes. «La equidad vertical tiene que ver con la
progresividad de los impuestos y se consigue cuando aquellos sujetos
que perciben más renta pagan más impuestos» (p. 6). Tras el análisis
de los beneficios fiscales y revisados los conceptos de equidad vertical
y horizontal, más adelante se analizará la relación entre los beneficios
fiscales contenidos en la normativa autonómica y la equidad vertical y
horizontal.
El principio de equidad es un principio muy importante, dado que del
mismo depende la aceptación de los impuestos por parte de la sociedad.
Según el principio de «equidad», un sistema fiscal debe de ser equitativo
en el sentido de que «la carga impositiva se reparta de manera justa
entre los ciudadanos» (Albi Ibáñez, Zubiri Oria & González-Páramo,
2009, p. 325). Este principio tiene, a su vez, dos posibles acepciones:
—El principio del beneficio, por el cual cada individuo ha de
contribuir a financiar el gasto público a través de las distintas
figuras tributarias, en función del beneficio que recibe del sector
público.
—El principio de capacidad de pago. Según este segundo principio,
cada individuo ha de contribuir a financiar el gasto público a
través de unos impuestos que tengan en cuenta su capacidad
de pago. Esta capacidad de pago puede ser medida a través de
la renta, el patrimonio, etcétera). Además, el individuo deberá
pagar independientemente de los beneficios recibidos del sector
público.
Por tanto, la equidad es un criterio básico para elaborar el diseño de
cualquier sistema impositivo, ya que de él depende en gran medida
su aceptación social. Aunque este no siempre ha sido un criterio
dominante, existe un amplio consenso por parte de la literatura
hacendística (Musgrave, 1969, p. 57) en torno a que un sistema
fiscal tiene que ser justo; es decir, equitativo. Según el citado autor, se
entiende por equitativo que «cada contribuyente aporte una parte justa
de sus recursos para sufragar el coste bienes y servicios públicos». Según
Musgrave y Musgrave, existen dos visiones del concepto denominado
«justicia impositiva»:

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