DECRETO SUPREMO N° 019-2014-EF - Amplían alcances del Anexo I del Reglamento de los Procedimientos conducentes al registro, actualización y pago en la vía administrativa de la deuda derivada de los Bonos de la Deuda Agraria emitidos en el marco del decreto Ley N° 17716, Ley de Reforma Agraria en cumplimiento de las resoluciones emitidas por el Tribunal Constitucional

Fecha de disposición22 Enero 2014
Fecha de publicación22 Enero 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 22 de enero de 2014
514752
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Dan por concluida acreditación de
representantes del Ministerio ante los
Núcleos Ejecutores de Distribución
Descentralizados de uniformes, calzados,
chompas y buzos para escolares, dispuesta
mediante R.M. Nº 124-2012-MIDIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 005-2014-MIDIS
Lima, 20 de enero de 2014
VISTO:
El Of‌i cio N° 926-2013-MIDIS-FONCODES/DE, remitido
por la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para
el Desarrollo Social – FONCODES; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 124-2012-
MIDIS, rectif‌i cada por Resolución Ministerial N° 139-2012-
MIDIS, y modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 228-2012-
MIDIS, se acreditaron a los representantes del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores
de Distribución Descentralizados de uniformes, calzado,
chompas y buzos para escolares, conforme a lo establecido
en el Decreto de Urgencia N° 058-2011;
Que, mediante el documento de Visto, la Dirección
Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Social – FONCODES informa sobre la culminación de
las actividades realizadas por los Núcleos Ejecutores de
Distribución Descentralizados referidos en el considerando
precedente, habiendo emitido dichos núcleos ejecutores
sus informes f‌i nales correspondientes, los que cuentan
con la conformidad del Fondo de Cooperación para el
Desarrollo Social – FONCODES;
Que, en ese sentido, resulta pertinente dar por concluida
la acreditación de los representantes del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores
de Distribución Descentralizados de uniformes, calzado,
chompas y buzos para escolares, constituidos en el marco
del Decreto de Urgencia N° 058-2011;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de
Urgencia N° 058-2011; el Decreto de Urgencia N° 001-2012;
la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder
Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y
Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y
su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la acreditación de los
representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
ante los Núcleos Ejecutores de Distribución Descentralizados
de uniformes, calzado, chompas y buzos para escolares,
dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 124-2012-
MIDIS, rectif‌i cada por Resolución Ministerial N° 139-2012-
MIDIS, y modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 228-2012-
MIDIS, conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia N°
058-2011, dándoseles las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución
al Ministerio de Educación y al Fondo de Cooperación
para el Desarrollo Social – FONCODES, para los f‌i nes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MÓNICA RUBIO GARCÍA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1040649-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Amplían alcances del Anexo I del
Reglamento de los Procedimientos
conducentes al registro, actualización
y pago en la vía administrativa de la
deuda derivada de los Bonos de la
Deuda Agraria emitidos en el marco del
Decreto Ley N° 17716, Ley de Reforma
Agraria en cumplimiento de las
resoluciones emitidas por el Tribunal
Constitucional
DECRETO SUPREMO
N° 019-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de la Resolución del Tribunal
Constitucional de fecha 16.07.2013 y las Resoluciones
Aclaratorias de fechas 08.08.2013 y 04.11.2013,
mediante el Decreto Supremo N° 017-2014-EF, se aprobó
el “Reglamento de los Procedimientos conducentes al
registro, actualización y pago en la vía administrativa de la
deuda derivada de los Bonos de la Deuda Agraria emitidos
en el marco del Decreto Ley N° 17716, Ley de Reforma
Agraria en cumplimiento de las Resoluciones emitidas por
el Tribunal Constitucional”;
Que, el Anexo I del citado Reglamento, contiene el
desarrollo de la metodología de actualización enunciada
por el Tribunal Constitucional en la Resolución de fecha
16.07.2013, el cual resulta aplicable al caso de aquellos
bonistas que no efectuaron el cobro de ninguno de los
cupones del respectivo Bono de la Deuda Agraria;
Que, por tal motivo y a efectos de una mejor
aplicación de la citada metodología de actualización,
es conveniente incorporar en dicho desarrollo el caso
de los bonistas que efectuaron el cobro de una parte
de los cupones de los bonos de la Deuda Agraria, así
como precisar la fecha de corte de la actualización de
tales Bonos, para su conversión en moneda nacional;
por lo que se requiere ampliar los alcances del Anexo I
antes indicado;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
DECRETA:
Artículo 1.- Ampliar alcances del Anexo I
Ampliar los alcances del Anexo I del “Reglamento de
los Procedimientos conducentes al registro, actualización
y pago en la vía administrativa de la deuda derivada
de los Bonos de la Deuda Agraria emitidos en el marco
del Decreto Ley N° 17716, Ley de Reforma Agraria en
cumplimiento de las Resoluciones emitidas por el Tribunal
Constitucional”, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-
2014-EF, conforme al texto que forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Derogación
Deróguese toda disposición que se oponga a lo
dispuesto en este Decreto Supremo.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún
días del mes de enero del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Encargado del Despacho del Ministerio
de Economía y Finanzas

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