02 020-2003-MPCH - Aprueban Amnistía de Regularización de Licencias de Construcción y Habilitación Urbana

Fecha de publicación17 Mayo 2003
Fecha de disposición17 Mayo 2003
Pág. 244321
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 17 de mayo de 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SURQUILLO
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Surquillo, en SESIÓN ORDI-
NARIA del 25 de abril del 2003, CON EL VOTO UNÁNI-
ME DE LOS SEÑORES REGIDORES y, con dispensa
del trámite de Lectura y Aprobación de Acta, aprobó la
siguiente Ordenanza:
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Artículo Primero.- AUTORIZAR LA REALIZACIÓN
DE UN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO el día 19
de julio del 2003, en el Marco del Programa Celebratorio
del 54º Aniversario de la Creación del distrito de Surqui-
llo. Artículo Segundo.- FIJAR EN S/. 35.00 (Treinta y
cinco y 00/100 Nuevos Soles) EL PAGO por todo con-
cepto que deberán realizar las parejas contrayentes que
cumplan con los requisitos para participar en la ceremo-
nia autorizada, dejándose en suspenso la tasa aproba-
da por el TUPA vigente para este caso.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Jefatura de la
Unidad de Registro Civil, la expedición gratuita de los
Certificados Médicos Prenupciales, la realización de
Consejería Preventiva y la entrega de Partidas de Naci-
miento a los contrayentes nacidos en el distrito.
Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulga-
ción.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
GUSTAVO SIERRA ORTIZ
Alcalde
09187
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHANCHAMAYO
Aprueban Amnistía de Regularización
de Licencias de Construcción y Habi-
litación Urbana
RESOLUCIÓN DE CONCEJO
Nº 020-2003-MPCH
La Merced, 27 de marzo de 2003
VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 036-2003-MPCH;
y,
CONSIDERANDO:
Artículo 194º, concordante con el Artículo 2º de la
Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, re-
conoce a los Gobiernos Locales autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia.
2. Que, de conformidad con los Artículos 65º y 73º de
la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, son
funciones de las Municipalidades en materia de acondi-
cionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva,
reglamentar, otorgar Licencia de Obra y controlar las
construcciones, remodelaciones, demoliciones y otros,
de los inmuebles ubicados en áreas urbanas, correspon-
diendo también la determinación de las limitaciones y
modalidades de la propiedad privada en armonía con el
interés social.
3. Que, la Ley de Regularización de Edificaciones del
Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Ré-
gimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusi-
va, Ley Nº 27157 ha sido Reglamentada mediante De-
creto Supremo Nº 008-2000-MTC, por lo que es nece-
sario que la Municipalidad Provincial de Chanchamayo,
proponga mecanismos correspondientes para la Regu-
larización de las Edificaciones sin Autorización Munici-
pal.4. Que, de conformidad con los Artículos 2º y 3º de la
Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 es de
competencia de las Municipalidades Provinciales y Dis-
tritales, según sea el caso, la aprobación de las Habilita-
ciones Urbanas que a partir de la vigencia de la Ley
presenten las personas naturales o jurídicas, asocia-
ciones de vivienda y provivienda y las cooperativas de
vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de
vivienda.
5. Que, del Informe Nº 011/2003/DDUR/DT/MPCH,
evacuado por la Dirección Técnica, una propuesta
de Amnistía para la Regularización de Licencias de
Construcción y Habilitación Urbana, en base a que
un aproximado de 70% de construcciones que se
ejecutan en el área urbana y expansión urbana de la
ciudad de La Merced, se realizan sin el permiso y
autorización de la Municipalidad infringiendo de esta
manera las disposiciones correspondientes, asimis-
mo ante esta infracción tampoco está implementan-
do la División de Desarrollo Urbano para aplicar las
notificaciones, multas y sanciones correspondientes.
6. En consecuencia, es menester del Gobierno
Local dicte una Ordenanza Municipal de Amnistía para
Licencia de Obra y Habilitaciones Urbanas con la
finalidad de que la población regularice la documenta-
ción pertinente sobre las edificaciones y habilitacio-
nes urbanas ejecutadas al margen de las disposicio-
nes legales en vigor.
7. De conformidad con lo dispuesto por el Art. 194º
de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con las facultades y
atribuciones de que está investido el Despacho de Alcal-
día.
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la Amnistía de Regu-
larización de Licencias de Construcción y Habilitación
Urbana, por un período de 180 (ciento ochenta) días
calendario a partir de la puesta en vigencia la Ordenan-
za Municipal.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente Resolución de Concejo a la Dirección de
Rentas y Dirección Técnica, conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y archívese.
WALTER MENDOZA CASTRO
Alcalde
09195
Establecen destino de los recursos que
percibirá la municipalidad correspon-
diente al FONCOMUN
RESOLUCIÓN DE CONCEJO
Nº 038-2003-MPCH
La Merced, 5 de mayo de 2003
VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 063-2003-MPCH;
CONSIDERANDO:
1. Que, la Constitución Política del Estado en su Artí-
culo 194º, en concordancia con el Artículo 2º de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, reconoce a
los Gobiernos Locales autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
2. Que, los Acuerdos de Concejo, son decisiones
específicas sobre cualquier asunto de interés públi-
co, vecinal o institucional que expresan la opinión de
la Municipalidad, su voluntad de practicar un deter-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR