Prorrogan plazo de amnistía tributaria para la cancelación de deudas sin recargo de moras, multas y otros

Fecha de disposición16 Junio 1998
Fecha de publicación16 Junio 1998
Pág. 160765
NORMAS LEGALES
Lima, martes 16 de junio de 1998
Guías de Remisión falsas, Guías de Remisión conteniendo canti-
dades mayores a las realmente transportadas, transportar sal
yodada aparentando que se trataba de azúcar y asimismo decla-
rar domicilios falsos e inexistentes;
Que, asimismo con dicho propósito se coludieron con los
Técnicos Especialistas de ADUANAS Juan Edgardo Mansilla
Montoya, Luz Portugal Flores, Jesús Abel Barnett Munaylla,
Pedro Rengifo Carballo, Alejandro Rojas Luque, Jorge Chávez
Cristóbal, a fin de que éstos certificaran el supuesto arribo de la
mercancía, habiendo con dicho accionar logrado la devolución de
CUATROCIENTOS NOVENTIOCHO MIL OCHOCIENTOS
CUARENTISIETE Y 63/100 NUEVOS SOLES (S/. 498,847.63)
mediante la expedición de Notas de Créditos Negociables Nºs.
855-95, 0135-96, 0264-96, 0291-96, 0352-96, 0498-96, 0742-96,
0886-96, 0867-96, 0890-96, 0889-96, 1006-96, 0972-96, 0934-
96, 0246-96, 0397-96, 0392-96, 0416-96, 061-97, 105-97, 103-
97, 204-97, 203-97, 273-97, 280-97, 274-97, 460-97- 458-97,
463-97, 434-97, 494-97, 0005-97, 0010-97, 0011-97, 0012-97,
0013-97, 0027-97, 063-97, 064-97, 065-97, 071-97, 083-97, 100-
97, 010-98, pretendiendo además la indebida devolución de
QUINCE MIL SEISCIENTOS CUARENTITRES DOLARES
AMERICANOS ($ 15,643.00);
Que, los hechos descritos, por la forma y circunstancias en
que se produjeron, configuran los delitos de Defraudación de
Rentas de Aduana, Contra la Fe Pública, Concusión y Corrup-
ción de Funcionarios, previstos y penados por los Artículos 4º y
7º incisos d) y f) de la Ley Nº 26461 y en los Artículos 427º, 382º
y 399º del Código Penal, lo cual sustenta la necesidad de
autorizar al Procurador Público de esta Superintendencia para
que ejerza las acciones judiciales a que hubiera lugar;
De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición
Complementaria de la Ley General de Aduanas -Decreto Legis-
lativo Nº 809-; y,
En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolu-
ción de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Público en-
cargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacio-
nal de Aduanas, para que en defensa y representación de los
derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a
que hubiere lugar en contra de Benny Darwin Camacho Faccio,
Magaly Saravia Ponce, Juan Cedrón Alva, Estuardo Alejandro
Angulo Toribio, Ernesto José Ilquimiche Argomedo, Orlando
Jiménez Ruiz, César Pérez Foinquinos, Juan Edgardo Mansilla
Montoya, Luz Portugal Flores, Jesús Abel Barnett Munaylla,
Pedro Rengifo Carballo, Alejandro Rojas Luque y Jorge Chávez
Cristóbal, por las razones antes expuestas en la parte conside-
rativa de la presente resolución; debiéndose para el efecto
remitírsele la documentación actuada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE HERRERA MEZA
Superintendente Ejecutivo
6529
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
Autorizan viaje de profesionales a Cos-
ta Rica para que participen en el XVI
Curso Interdisciplinario en Derechos
Humanos
RESOLUCION DEFENSORIAL
Nº 35-98/DP
Lima, 12 de junio de 1998
Vistos; el Memorando Nº 454-98-DP/GAF y los Memorandos
Nºs. 020-98-DDHH-DP y 070-98-ST/CAH y sus respectivos
Anexos Nºs. 4-003 y 4-045-98/CAH, mediante los cuales la
Gerencia de Administración y Finanzas solicita y sustenta
autorizar el gasto por comisión del servicio de los doctores
Imelda Tumialán Pinto y Eduardo Vega Luna, a fin de que
participen en el XVI Curso Interdisciplinario en Derechos Hu-
manos a realizarse en San José de Costa Rica del 15 al 26 de
junio de 1998; y,
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de San José, Costa Rica, se realizará el XVI
Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, organizado por
el Instituto Interamericano de Derechos Humanos - IIDH del 15
al 27 de junio de 1998, con los auspicios del Representante
Regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados;
Que, los organizadores han otorgado a la Defensoría del
Pueblo, dos becas para su participación en el citado curso,
habiendo seleccionado la Alta Dirección a uno de los participan-
tes y aceptado con igual finalidad, la propuesta del Secretario
Ejecutivo de la Comisión Ad Hoc y Adjunto al Defensor del
Pueblo para los Derechos Humanos, presentando al otro;
Que, en consecuencia es necesario aprobar la referida comi-
sión de servicio al exterior por capacitación a partir del día 14 y
hasta el 27 del presente mes, por motivo de itinerario de viaje;
En concordancia con el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, en
aplicación de los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-
EF; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520 y
de conformidad con los Artículos 6º y 7º, incisos a) y k) del
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolu-
ción Defensorial Nº 041-97/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, la comisión del servicio
al exterior de los doctores Imelda Tumialán Pinto y Eduardo
Vega Luna a la ciudad de San José de Costa Rica del 14 al 27 de
junio de 1998, para los fines expresados en la parte considera-
tiva de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimien-
to de esta resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional según el detalle siguiente y, los gastos diferencia-
les serán asumidos por los organizadores:
- Dra. Imelda Tumialán Pinto.
La suma de US$ 200.00 por concepto de gastos de instalación,
US$ 70.00 por inscripción en el curso y US$ 25.00, por concepto de
la Tarifa de CORPAC, en total: US$ 295.00 (DOSCIENTOS
NOVENTA Y CINCO Y 00/100 Dólares Americanos).
- Dr. Eduardo Vega Luna.
La suma de US$ 200.00 por concepto de gastos de instalación,
US$ 70.00 por inscripción en el curso y US$ 25.00, por concepto de
la Tarifa de CORPAC, en total: US$ 295.00 (DOSCIENTOS
NOVENTA Y CINCO Y 00/100 Dólares Americanos).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA
Defensor del Pueblo
6541
MUNICIPALIDAD DE
ATE
Prorrogan plazo de amnistía tributaria
para la cancelación de deudas sin
recargo de moras, multas y otros
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 016
Vitarte, 11 de junio de 1998
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ATE
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son autónomas en materia admi-
nistrativa, política y económica, y competentes para adminis-
trar sus bienes y rentas, de conformidad con lo establecido en la
Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipali-
dades Nº 23853;
Que, el Decreto Legislativo Nº 816, texto vigente del Código
Tributario establece que excepcionalmente los Gobiernos Loca-
les podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y
las sanciones, respecto de los tributos que administran;
Que, mediante Ordenanza Nº 003-98 se aprobó conceder el
beneficio de condonación tributaria de multas, moras y recargos
y demás intereses legales por el término de 60 días calendario;
Que, siendo necesario brindar mayores facilidades a los
contribuyentes de esta jurisdicción, debido a los gastos incurri-
dos al inicio del año escolar y por los perjuicios causados por el
Fenómeno de "El Niño", y siendo política de la presente admi-
nistración apoyar a todos nuestros contribuyentes, se hace

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