Alonso García, María Consuelo et. ál. (2013). Tratado de derecho ambiental. Valencia: Tirant Lo Blanch

AutorGonzalo Cruz Sandoval
CargoProfesor de Derecho Administrativo Universidad Privada del Norte-Trujillo
Páginas379-380
Gonzalo Cruz Sandoval
379
Círculo de Derecho Administrativo
Recensión: “Tratado
de Derecho Ambiental”
Gonzalo Cruz Sandoval1
Alonso García, María Consuelo et. ál. (2013). Tratado de derecho ambiental. Valencia:
Tirant Lo Blanch.
En el contexto jurídico actual, tanto a nivel local como internacional, resulta evidente la
preocupación por el estudio y mejora de las categorías jurídicas del derecho ambiental,
pues en rigor, al día de hoy incluso, se concibe a esta disciplina (a diferencia del último
lustro), no únicamente como un deber de actuación de los Poderes Públicos, sino —sobre
todo— como un derecho constitucional autónomo, claro está, objeto de preocupación
social y tutela jurídica. Como premisa fundamental de lo último que se ha señalado, en
el año 2013 los profesores Luis Ortega Alvarez y Consuelo Alonso García han dirigido,
desde la Universidad Castilla - La Mancha (España), una interesante investigación sobre
derecho ambiental, trabajo final que ha contado con el valioso aporte de 19 catedráticos
de derecho administrativo de la referida universidad española. En ese sentido, advertimos
que, si bien es cierto que la obra se ha trabajado en escenario de la universidad españo-
la, con catedráticos en su mayoría españoles, el contenido es universal y perfectamente
puede ser de provecho en el quehacer jurídico peruano. La obra materia de recensión ha
sido trabajada por especialidad, cuidando rigurosamente los tópicos y la línea de inves-
tigación de cada autor, lo que hace más confiable el contenido de esta.
En principio, el capítulo i orienta su discusión a la concepción del medio ambiente y su
ligazón con el derecho, pues se trabaja el concepto de medio ambiente como derecho
constitucional autónomo, a través de su definición material, aportada en su día por el
Tribunal Constitucional español, y que definía el derecho del medio ambiente como “el
conjunto de circunstancias físicas, culturales, económicas y sociales que rodean a las per-
sonas ofreciéndoles un conjunto de posibilidades de vida”. He aquí, quizá, el elemento
esencial de esta investigación, pues lo aportado por la discusión marca definitivamente el
avance del derecho ambiental: de ser política de responsabilidad social, a tener, además,
vinculación y contenido con el orden constitucional, que es lo que corresponde.
Habiendo superado el estudio de la vinculación entre el medio ambiente y el derecho, en
el capítulo ii, el Tratado de derecho ambiental, se ocupa en su estudio de la organización
administrativa de medio ambiente. En principio, en lo que es el marco de la Comunidad
Europea y sus respectivos tratados y organismos gubernamentales; y luego, ya de forma
más delimitada, de la organización administrativa ambiental en España. Se hace notar que
el modelo organizacional actual se ha ido construyendo, a los largo de los últimos años,
bajo el paradigma de un esquema de tutela del medio ambiente alineado con los valores
que dicta la Constitución, así como con una adecuada distribución de competencias entre
1 Profesor de Derecho Administrativo Universidad Privada del Norte-Trujillo. Posgrado en Derecho Adminis-
trativo Ambiental por la Universidad Castilla - La Mancha (España).

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