DECRETO DE ALCALDIA N° 009-2014-ALC/MSI - Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad, respecto de procedimientos administrativos a cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano.

Fecha de publicación05 Junio 2014
Fecha de disposición05 Junio 2014
El Peruano
Jueves 5 de junio de 2014 524659
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Modifican el Texto Único de
Procedimientos Administrativos -
TUPA de la Municipalidad, respecto
de procedimientos administrativos a
cargo de la Gerencia de Autorizaciones
y Control Urbano
DECRETO DE ALCALDIA
N° 009-2014-ALC/MSI
San Isidro, 2 de junio de 2014
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
VISTO:
El Informe N° 121-2014-0500-GPPDC/MSI, de fecha 11
de abril de 2014, mediante el cual propone la modif‌i cación
del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
de la Municipalidad de San Isidro;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, en concordancia con lo
establecido en el artículo II del Título Preliminar de la
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Concejo Municipal mediante Ordenanza
N° 321-MSI publicado el 17 de diciembre de 2010,
aprobó la integración y actualización del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad
de San Isidro, aprobados con las Ordenanzas N° 277-MSI
y N° 307-MSI ratif‌i cadas con los Acuerdos de Concejo
N° 426-MML y 342-MML, publicadas el 22 de noviembre
2009 y 23 de setiembre de 2010 respectivamente;
Que, mediante los Decretos de Alcaldía N° 011-
2011-ALC/MSI, 011-2012-ALC-MSI, 014-ALC/MSI, 002-
2012-ALC/MSI, 009-2013-ALC/MSI, 004-2014-ALC/MSI
y 005-2014-ALC/MSI, se realizaron modif‌i caciones al
Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA,
aprobado mediante Ordenanza N° 321-MSI;
se aprobó el Reglamento de Licencias de Habilitación
Urbana y Licencias de Edif‌i cación, el cual fue modif‌i cado
Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2013-
VIVIENDA se aprueba el Reglamento de Licencias de
Habilitación Urbana y Licencias de Edif‌i cación, que dispone
en su única Disposición Complementaria Derogatoria, la
modif‌i catorias y demás disposiciones legales que se
opongan, por lo que debe actualizarse dicha base legal;
que una vez aprobado el TUPA, toda modif‌i cación que
no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos, se
debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el caso de los
gobiernos locales;
Que, en virtud a lo expuesto, corresponde actualizar
el Texto Único de Procedimientos Administrativos
– TUPA aprobado mediante Ordenanza N° 321-MSI y
modif‌i catorias;
Que, estando a lo opinado por la Gerencia Asesoría
Jurídica mediante Informe
Nº 0747 -2014-0400-GAJ/MSI
Que, estando a las atribuciones conferidas por el
numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de
San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 321-MSI, que
integra y actualiza el Texto Único de Procedimientos
Administrativos aprobado con las Ordenanzas N° 277-MSI
y 307-MSI, respecto de los procedimientos administrativos
a cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Control
Urbano, en mérito lo señalado en el Decreto Supremo N°
008-2013-VIVIENDA, conforme el anexo que se adjunta.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Autorizaciones y Control Urbano y a la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo,
proponer la actualización de los derechos de tramitación de
los procedimientos administrativos del TUPA, modif‌i cados
mediante el articulo precedente, de conformidad con el
para su aprobación ante el Concejo Municipal.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento
del presente Decreto a las áreas involucradas a cargo
de efectuar los procedimientos TUPA y su difusión a la
Of‌i cina de Comunicaciones e Imagen.
Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento a la
Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación
el presente Decreto.
Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación,
disponiendo además su publicación y su anexo en el
Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro
www.munisanisidro.gob.pe, y el portal de Servicios al
Ciudadano-PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MAGDALENA DE MONZARZ STIER
Teniente Alcalde
Encargada del Despacho de Alcaldía
1091971-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Aceptan donación monetaria efectuada
a favor de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
N° 044-2014-MDSM
San Miguel, 30 de mayo de 2014
VISTOS, en sesión extraordinaria de concejo celebrada
en la fecha, el memorando N°422-2014-GM/MDSM
cursado por Gerencia Municipal, el informe N°341-2014-
GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos,
el memorando N°268-2014-GPP/MDSM cursado por la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el memorando
N°359-2014-GAF/MDSM cursado por la Gerencia de
Administración y Finanzas, el informe Nº385-2014-SGPR-
GPP/MDSM emitido por la Subgerencia de Presupuesto
y Racionalización y el informe Nº059-2014-SGT-GAF/
MDSM emitido por la Subgerencia de Tesorería, y;
CONSIDERANDO:
Que, la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
en su artículo 9° numeral 20) establece que las donaciones
o cualquier otra liberalidad constituyen patrimonio de cada
municipalidad, de conformidad con el inciso 7) del artículo
56° de la misma ley;
Que, a su vez el artículo 69° de la ley N°28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece
que los recursos provenientes de donaciones dinerarias
ofrecidas de instituciones nacionales públicas o privadas
serán aprobadas por el Concejo Municipal en el caso de
los gobiernos locales, debiendo publicarse el acuerdo
de concejo en el Diario Of‌i cial el Peruano cuando las
donaciones superen las 05 (cinco) Unidades Impositivas
Tributarias dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes
a su aprobación;
Que, mediante informe de vistos la Subgerencia de
Tesorería, reporta la recepción de la donación ofrecida
por la empresa Telefónica del Perú S.A.A. ascendente
a US$.10,000.00 (diez mil dólares americanos) a favor
de la Municipalidad Distrital de San Miguel, destinada

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