DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2013/MM - Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad
Fecha de disposición | 19 Agosto 2013 |
Fecha de publicación | 19 Agosto 2013 |
El Peruano
Lunes 19 de agosto de 2013 501401
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros – Ley Nº 26702, por la Resolución SBS Nº 775-
2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante
Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de
2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edyfi car S.A.
a la apertura de una (01) agencia y dos (02) ofi cinas
especiales, en las siguientes ubicaciones:
• Agencia Carabayllo, ubicada en: Av. Túpac Amaru Nº
10600, Pueblo Joven El Progreso – Zona 1, distrito de
Carabayllo, provincia y departamento de Lima.
• Ofi cina Especial Pisco, ubicada en: Calle Progreso Nº
237, distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica.
• Ofi cina Especial La Hermelinda, ubicada en: Av.
América Norte Nº 1429-1431, Mz. “T” Lote 13, Urb. Las
Quintanas 4ta. Etapa, distrito y provincia de Trujillo,
departamento de La Libertad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTÉS
Intendente General de Banca
975823-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Aprueban modificación del TUPA de la
Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2013/MM
Mirafl ores, 8 de agosto de 2013
EL ALCALDE DE MIRAFLORES;
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 194 de la Constitución Política
del Perú, las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competencia.
De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece
que la autonomía que la Carta Magna establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ordenanza Nº 308-2009 del 24 de junio
de 2009, se aprueba el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Mirafl ores,
modifi cado con la Ordenanza Nº 312-MM del 25 de
septiembre de 2009; habiéndose ratifi cado los derechos
de trámite correspondientes a los procedimientos
administrativos a través del Acuerdo de Concejo Nº 396
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado en
el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de noviembre de 2009;
Que, a través de la Ordenanza Nº 347/MM se
aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
de Mirafl ores, que fueron modifi cados con la
Ordenanza Nº 378/MM. Asimismo, mediante Decreto
de Alcaldía Nº 005-2011/MM se aprueba la adecuación
de la denominación de las unidades orgánicas,
modifi cación y supresión de requisitos del Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la
Municipalidad de Mirafl ores, aprobado con Ordenanza
Nº 308-2009 y modifi cado con Ordenanza Nº 312-MM;
Que, según el artículo 36.3, concordante con el
artículo 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda
modifi cación que no implique la creación de nuevos
procedimientos, incremento de derechos de tramitación
o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía.
La modifi cación se publicará según lo dispuesto en el
numeral 38.3 del dispositivo referido;
Que, la Subgerencia de Racionalización y Estadística,
mediante Informe Nº 28-2013-SGRE-GPP/MM, indica
que habiéndose evaluado la reducción de plazos en
algunos procedimientos a cargo de la Subgerencia de
Obras Públicas, así como la modifi cación de requisitos en
otros procedimientos de la Subgerencia de Licencias de
Edifi caciones Privadas, opina favorablemente respecto
a la modifi cación del vigente TUPA de la entidad, para
lo cual adjunta el Informe Técnico Nº 010-2013-SGRE-
GPP/MM de fecha 25 de julio de 2013; siendo que dichas
modifi caciones obedecen a la emisión de la Ley Nº 30056,
Ley que modifi ca diversas leyes para facilitar la inversión,
impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento
empresarial;
Que, por su parte la Gerencia de Planifi cación y
Presupuesto, con Memorándum Nº 248-2013-GPP/MM
del 25 de julio de 2013, hace la precisión que el proyecto
que contiene la modifi cación al TUPA ha sido elaborado
teniendo en cuenta los lineamientos técnicos y vigentes
sobre la materia, por lo que expresa su conformidad con el
informe técnico mencionado y señala que debe aprobarse
la propuesta de modifi cación al TUPA;
Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría
Jurídica, mediante Informe Legal Nº 324-2013-GAJ/
MM del 26 de julio de 2013, concluye que estando a
los informes técnicos sustentatorios y la normatividad
vigente aplicable, es viable aprobar las modifi caciones
propuestas al TUPA, a efectuarse mediante decreto de
alcaldía;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar la modificación del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
de la Municipalidad de Miraflores, aprobado con
Ordenanza Nº 308-2009 y modificado con Ordenanza
Nº 312-MM, referido a los procedimientos de la
Subgerencia de Obras Públicas y de la Subgerencia
de Licencias de Edificaciones Privadas, según el
detalle contenido en el anexo adjunto que forma parte
del presente decreto.
Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General,
la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario
Ofi cial El Peruano, así como del anexo que contiene, y
a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional
la publicación del mismo y del anexo que forma parte
integrante, en el Portal Institucional (www.mirafl ores.
gob.pe), Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -
PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y el Portal del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha
de publicación del Diario Ofi cial El Peruano, conforme a
ley.Artículo Tercero.- Precisar que el presente decreto
de alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
976062-1
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