RESOLUCION DE ALCALDIA N° 250-2013/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de Inmueble, sobre el cual se localiza la Urb. Residencial San Remo II

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Fecha de la disposición24 de Octubre de 2013
El Peruano
Jueves 24 de octubre de 2013 505713
derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en
el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldía;
señala en su artículo 42º que “Los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
concejo municipal”;
Que, es objetivo primordial de la actual gestión
municipal propiciar las bases sólidas de formación de
la familia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento,
protección y formalización como célula básica de la
sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico, e
igualmente es labor funcional administrativa, crear medios
para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y
protección a la familia que el marco jurídico exige, y que
en armonía de lo consagrado por el artículo 4º de nuestra
Constitución Política, es obligación del Estado promover
y proteger a la familia por ser instituciones naturales y
fundamentales de la sociedad;
Por las consideraciones antes expuestas, y estando a
lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y el artículo
248º y 252º del Código Civil vigente;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la
ceremonia del Matrimonio Civil Comunitario del presente
año, la misma que se llevará a cabo el día sábado 14 de
diciembre de 2013, a las 11.00 horas en el Módulo Siglo
XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha, ubicado en la Av.
Próceres de la Independencia Cuadra 15 – San Juan de
Lurigancho.
Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de
los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario,
realizándose una única publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano, indicando en forma genérica el día, la hora y el lugar
donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil Comunitario.
Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por
Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00
(Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estarán
disgregados de la siguiente manera:
- POR GASTOS ADMINISTRATIVOS:
Pagar en Caja del Local Central por Expediente
Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100
Nuevos Soles).
- CERTIFICADO PRE NUPCIAL:
Pagar en Caja del Local Central por Examen Médico la
suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos
indispensables para participar en el Quinto Matrimonio
Civil Comunitario, son los que a continuación se detallan:
1. Acta de Nacimiento de ambos contrayentes (original
y copia actualizada)
2. Copias legalizadas de D.N.I. de ambos novios
3. Certif‌i cado Pre-Nupcial (médico) expedido por la
Municipalidad S/ 60.00
4. Expediente Matrimonial S/ 40.00
5. Declaración Jurada de Domicilio
6. Constancia de No Inscripción de Matrimonio
(Certif‌i cado de Soltería)
7. Copia autenticada del D.N.I. de dos (2) testigos
8. El Acta de Nacimiento, Certif‌i cado de Soltería,
Certif‌i cado del domicilio del Contrayente extranjero, debe
contar con la visación del Cónsul Peruano en el país de
origen, así como con la legalización del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
9. Se dispensará la publicación en el Diario.
Artículo Quinto.- AUTORIZAR la recepción de los
Expedientes Matrimoniales a partir de la expedición del
presente Decreto de Alcaldía, hasta el día 11 de diciembre
del 2013.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
y a la Secretaría General a través de la Sub Gerencia
de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA
Alcalde
1003832-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de oficio la aprobación de la
habilitación urbana de inmueble, sobre
el cual se localiza la Urb. Residencial
San Remo II
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 250-2013/MDSMP
San Martín de Porres, 11 de octubre del 2013.
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE
PORRES
VISTO: Los informes N°s. 395 y 406-2013-GDU-
MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre
declaración de Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informes del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio del terreno constituido por la Parcela
10220 del Fundo Santa Rosa, que según la Ficha Registral
Nº 301079 y su continuación en la Partida Electrónica Nº
43931725 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima
se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, y sobre el cual
se ha constituido la Urbanización Residencial San Remo II,
cuya área es de 79,200.00 m², con los siguientes linderos
y medidas perimétricas: Por el Norte: Tramo B-C, colinda
con la UC Nº 10224, propiedad de terceros en línea recta de
254.95 m.; Por el Sur: Tramo A-D, colinda con las UC Nos.
10540 y 10138, propiedad de terceros con una línea recta
de 210.14 m., teniendo de por medio un camino carrozable y
acequia de regadío; Por el Este: Tramo C-D, colinda con las
U.C Nos. 10223, 10222 y 10221, propiedad de terceros, en
línea recta de 347.27 m; y Por el Oeste: Tramo A-B, colinda
con las U.C Nos. 10218, 10545 y 10219, propiedad de
terceros en línea recta de 336.68 m., teniendo de por medio
una línea carrozable y acequia de regadío, tal como indica el
Plano Perimétrico;
Que, mediante Informe Nº 991-2013-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que en el Asiento B00001 de la Partida
N° 43931725 se advierte que el Tramo A-B que colinda
con las U.C Nos. 10218, 10545 y 10219, de propiedad de
terceros en línea recta de 336.68 m., tiene de por medio
una línea carrozable y acequia de regadío; sin embargo,
dicha acequia se encuentra canalizada y revestida de
concreto, siendo parte de la calzada de la hoy denominada
Calle Pisac; que, asimismo, recogiendo el Informe N°
035-2013-YSV-CONSTRUCAD-SAC, se indica que el
terreno de 79,200.00 m², sobre el cual se desarrolla la
Urbanización Residencial San Remo II, se encuentra en
una zona urbana consolidada en más del 99% del total del
área útil, contando con edif‌i caciones y servicios públicos
domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones
para que se declare habilitado de of‌i cio, acorde con lo
establecido en la Ley N° 29090, su modif‌i catoria la Ley N°
Que, según la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el
diario of‌i cial. El Peruano el 14.MAYO.2007, que aprueba el
Reajuste Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo de
los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas
y Los Olivos, así como de una parte del distrito del Rímac,
que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de
Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonif‌i cación de

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