RESOLUCION SUPREMA N° 321-2010-DE/FAP - Autorizan viaje de personal militar FAP a Ecuador para realizar visita a la Escuela de Aerotécnicos de la Fuerza Aérea Ecuatoriana

Fecha de disposición22 Julio 2010
Fecha de publicación22 Julio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 22 de julio de 2010 422599
Of‌i cial Superior, participe como Asesor de la Clase 50 del
Colegio Interamericano de Defensa, ciudad de Washington
D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 22 de
julio de 2010 al 18 de julio de 2011;
Que, el cargo de Asesor en el Colegio Interamericano
de Defensa fortalece la posición de nuestro país dentro
del contexto académico hemisférico, contribuyendo
al logro de los objetivos planteados por el Estado y el
Sector, en relación a la proyección internacional del Perú,
constituyendo una excelente oportunidad en la formación
de Of‌i ciales de las Fuerzas Armadas, con experiencia
signif‌i cativa en relaciones internacionales, obteniendo una
mejor capacitación para adoptar los nuevos planteamientos
relacionados a la Seguridad y Defensa Nacional, acceder
a nuevos discernimientos, nociones y experiencias que
contribuyan a elevar el nivel profesional del participante,
para luego ser vertidos en provecho de la Marina de
Guerra del Perú;
Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta
necesario nombrar al Capitán de Navío David Rafael
Antonio ALVA Olavarría, en Comisión Especial en el
Exterior para que participe como Asesor de la Clase 50 del
Colegio Interamericano de Defensa, ciudad de Washington
D.C. - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, por cuanto las
experiencias a adquirirse redundarán en benef‌i cio de la
Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de
la Marina de Guerra del Perú;
Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el
Anexo 1, Rubro 7: Representación Nacional en Organismos
Internacionales, Item 11 (RO) del Plan Anual de Viajes al
Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo
a diciembre del Año Fiscal 2010, aprobado mediante
Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG de fecha 1 de
abril de 2010;
Que, la duración de la Comisión incluye los años
f‌i scales 2010 y 2011, por lo que el pago del 22 de julio
al 31 de diciembre de 2010, se efectuará con cargo al
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010,
para el período del 1 de enero al 18 de julio de 2011 se
efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2011;
Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº
778-2008 DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone
que los Órganos Componentes, Organismos Públicos
Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas
del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus
propuestas de Resolución Suprema de autorización
de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una
disposición que precise, en los casos que corresponda,
que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria
por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y
efectivos, independientemente de la modalidad del referido
viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes
al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa,
aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de
fecha 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias;
Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de
Situación Militar de los Of‌i ciales de las Fuerzas Armadas,
establece que el Of‌i cial nombrado en comisión de servicios
o misión de estudios, por un período mayor de SEIS (6)
meses, por cuenta del Estado en el exterior, está impedido
de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro,
hasta después de haber servido en su respectiva Institución
Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la
presente Ley, más el tiempo compensatorio previsto de
acuerdo a la duración de la Comisión;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la
Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura
Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465
- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2010, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de
enero de 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de
fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del
Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y
Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo
Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus
modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión Especial
al Exterior del Capitán de Navío David Rafael Antonio
ALVA Olavarria, CIP. 00804277 y DNI. 43321310, para
que participe como Asesor de la Clase 50 del Colegio
Interamericano de Defensa, ciudad de Washington D.C. -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 22 de julio
de 2010 al 18 de julio de 2011.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de
acuerdo con los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima - Washington D.C. (EE.UU.)
US$. 1,211.18 x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$. 31.00 x 1 persona
El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria
Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días
reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme
a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de
2004 y sus modif‌i catorias.
Artículo 3º.- El pago correspondiente al año 2011
se efectuará con cargo al presupuesto del Año Fiscal
respectivo.
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días
autorizados.
Artículo 5º.- El mencionado Of‌i cial Superior revistará
en la Dirección General del Personal de la Marina, por el
período que dure la Comisión Especial en el Exterior.
Artículo 6°.- De conformidad con el Artículo 26º de la
Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Of‌i ciales
de las Fuerzas Armadas, el citado Of‌i cial Superior está
impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad
o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva
Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo
23º de la referida Ley, más el tiempo compensatorio
previsto de acuerdo a la duración de la Comisión.
Artículo 7º.- El referido Of‌i cial Superior deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final
del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y
Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo
Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus
modif‌i catorias.
Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
RAFAEL REY REY
Ministro de Defensa
522568-6
Autorizan viaje de personal militar
FAP a Ecuador para realizar visita a la
Escuela de Aerotécnicos de la Fuerza
Aérea Ecuatoriana
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 321-2010-DE/FAP
Lima, 21 de julio de 2010
Visto, la Papeleta de Trámite NC-50-EMED-Nº 0608
de fecha 28 de abril de 2010, del Jefe del Estado Mayor
General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de
Trámite NC-50-SGFA-Nº 2300 de fecha 29 de abril de
2010, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, en el Acuerdo Cuarto “Instrucción” realizado en la V
Reunión de Conversaciones entre los Jefes de los Estados
Mayores de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y de la Fuerza
Aérea del Perú, se conf‌i rmó efectuar una visita recíproca

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