RESOLUCION Nº 015-2009-CONAFU - Admiten a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Investigación y Negocios - UPEIN

EmisorConsejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390309
el funcionamiento provisional, previa verif‌i cación de los
requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con
el Artículo 3º Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado
por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio
del 2006;
Que, en el Artículo 10º Inciso c) del Estatuto del
CONAFU aprobado por Resolución Nº 189-2006-
CONAFU de fecha 13 de julio del 2006, se establece que:
“Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades:… c)
Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional
de las nuevas universidades;
Que, en el Artículo 7º inciso a) del Reglamento de
Autorización de Funcionamiento de Universidades y
Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades
bajo competencia del CONAFU (En adelante el
Reglamento), aprobado por Resolución Nº 196-2004-
CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, se establece
que: “El CONAFU emite resoluciones de aprobación o
desaprobación del Proyecto, autorización o denegatoria
de funcionamiento provisional, previa evaluación,
verif‌i cación y cumplimiento efectivo de los requisitos y
condiciones establecidos en la Ley Nº 26439 y el presente
Reglamento;
Que, en el Artículo 32º inciso d) del Reglamento,
se establece que: “Las recomendaciones para el
pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera
de las alternativas siguientes:… d) No aprobar el Proyecto
de Desarrollo Institucional presentado, por contener serias
def‌i ciencias que no permiten garantizar su adecuado
desarrollo, ni niveles mínimos aceptables de calidad en
la formación profesional que se pretende impartir en las
carreras profesionales propuestas;
Que, mediante Carta S/N presentada en fecha 11
de junio del 2007, la señora Eusebia Angelita Valdivia
Gallegos, en representación de la Promotora de la
“ASOCIACIÓN UNISUR PERUANA” presenta el Proyecto
de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad
del Sur –UNISUR, para su evaluación correspondiente;
Que, por Resolución Nº 106-2008-CONAFU de
fecha 09 de abril del 2008, se resuelve admitir a trámite
el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto
de Universidad del Sur, presentado por la Promotora
“Asociación UNISUR Peruana”, con las siguientes carreras
profesionales: 1) Ingeniería Agroindustrial, 2) Ingeniería
Comercial, y 3) Ingeniería de Turismo; dejándose en
suspenso la Autorización de Funcionamiento de la
Carrera Profesional de Educación Especial, en estricto
cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 998, publicada
en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el día 31 de marzo del
2008; y se conforma la Comisión Calif‌i cadora encargada
de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del
Proyecto de la Universidad del Sur, integrada por: Elio
Leoncio Delgado Azañero, Hector Emilio Garay Montañez
y Pedro Luís Ortiz Oblitas, en calidad de Presidente,
Secretario y Vocal respectivamente;
Que, por Resolución Nº 153-2008-CONAFU de fecha
08 de mayo del 2008, se resuelve designar al docente
José Manuel Cabanillas Soriano como Nuevo Vocal de la
Comisión Calif‌i cadora encargada de evaluar el Proyecto
de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad
del Sur, en reemplazo del señor Pedro Luis Ortiz Oblitas;
Que, por Resolución Nº 159-2008-CONAFU de fecha
19 de mayo del 2008, se resuelve modif‌i car, sólo, los
artículos Primero y Segundo de la Resolución Número
106-2008-CONAFU, quedando redactados de la siguiente
manera: ARTÍCULO PRIMERO.- Admitir a trámite
el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto
de Universidad del Sur, presentado por la Promotora
“Asociación UNISUR Peruana”; con las siguientes carreras
profesionales: 1) Ingeniería Agroindustrial, 2) Ingeniería
Comercial, 3) Ingeniería de Turismo y 4) Educación
Especial. ARTÍCULO SEGUNDO.- Déjese en suspenso
la Evaluación de la Carrera Profesional de Educación
Especial; en estricto cumplimiento del Decreto Legislativo
que Impulsa la mejora de la calidad de la Formación
Docente, Decreto Legislativo Nº 998.”;
Que, por Carta Nº 006-08-PROM.UNISUR, recibida en
fecha 29 de agosto del 2008, la señora Eusebia Angelita
Valdivia Gallegos, en representación de la Promotora
“Asociación UNISUR Peruana” presenta el levantamiento
de observaciones del proyecto Universitario;
Que, del expediente administrativo del Proyecto
de Universidad del Sur; se colige que en el Informe
Preliminar, la Comisión Calif‌i cadora del Proyecto de
Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Universidad
del Sur, consignó cuarenta y nueve (49) observaciones;
y analizando el documento de Levantamiento de
observaciones se ha obtenido el siguiente resultado: a)
El 76.2 % de las observaciones NO ha sido levantadas;
2) El 14.29 % de las Observaciones HAN sido levantadas;
3) El 9.52 % han sido parcialmente levantadas; en tal
sentido por los resultados obtenidos, este Consejo debe
Desaprobar el PDI del Proyecto Universitario;
Que, por Of‌i cio Nº 003-2009-CONAFU-CAI de
fecha 08 de enero del 2009, el Consejero de Asuntos
Internacionales: Doctor Elio Leoncio Delgado Azañero,
en calidad de Presidente de la Comisión Calif‌i cadora
encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo
Institucional del Proyecto de Universidad del Sur -UNISUR,
remite el pronunciamiento de la Comisión que preside;
recomendando al Pleno del CONAFU: “No Aprobar el
Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de
Universidad del Sur”;
Que, en sesión de fechas 12 y 13 de enero del 2009,
el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 010-2009-CONAFU
acuerda: No Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional
del Proyecto de Universidad del Sur -UNISUR, presentado
por la señora Eusebia Angelita Valdivia Gallegos, en
representación de la Promotora “Asociación UNISUR
Peruana”;
Por estas Consideraciones;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- NO APROBAR el Proyecto de
Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad del
Sur -UNISUR, presentado por la señora Eusebia Angelita
Valdivia Gallegos, en representación de la Promotora
“Asociación UNISUR Peruana.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
JORGE ARTURO BENITES ROBLES
Presidente
JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA
Secretario General
308850-1
Admiten a trámite el Proyecto de
Desarrollo Institucional del Proyecto de
Universidad Peruana de Investigación
y Negocios - UPEIN
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN
DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
(CONAFU)
RESOLUCIÓN Nº 015-2009-CONAFU
Lima, 14 de enero del 2009
VISTOS: El Escrito recibido en fecha 15 de agosto del
2008, el Of‌i cio Nº 778-2008-CONAFU-CDAA de fecha 16
de octubre del 2008, la Resolución Nº 427-2008-CONAFU
de fecha 29 de octubre del 2008, la Carta S/N recibida en
fecha 15 de octubre del 2008, el Informe Legal Nº 333-
2008-CONAFU-CJ de fecha 12 de diciembre del 2008, y
el Acuerdo Nº 014-2009-CONAFU de la sesión del Pleno
del CONAFU llevada a cabo los días 12 y 13 enero del
2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo
Nacional para la Autorización de Funcionamiento de
Universidades -CONAFU, como órgano autónomo de
la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una
de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes
de autorización de funcionamiento de las nuevas
universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones
autorizando o denegando el funcionamiento provisional,
previa verif‌i cación del cumplimiento efectivo de los
requisitos y condiciones establecidos; en concordancia
con el Artículo 3º inciso a) del Estatuto del CONAFU,
aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha
13 de julio del 2006;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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