RESOLUCION Nº 1185-2008-MP-FN - Nombran Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Lambayeque, designándolos en el Pool de Fiscales de Lambayeque

Fecha de disposición04 Septiembre 2008
Fecha de publicación04 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 4 de setiembre de 2008 379177
Homologación Monodactilar AFIS Nº 1453, 1524, 1596,
1461, 1519, 1359, 1414, 1590, 901, 1525, 0732, 0528,
0184, 0148, 0640, 0560, 0743, 0761, y 1136-2008/DDG/
GP/RENIEC, y el Informe de Homologación Monodactilar
N° 2829/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó
que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble
inscripción con datos distintos en el Registro Único de
Identif‌i cación de las Personas Naturales; siendo dichas
inscripciones las siguientes:
N° de
Informe
AFIS
D.N.I.
Cancelado Res. De
Cancelación Nombres y Apellidos de los
presuntos responsables D.N.I.
Vigente
3424 40439986 376-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Jimmy Henry Mattos Lucero 15861565
3303 80524828 346-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Eustaquia Ponce Capa 19402495
3307 80526116 346-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Santos Raúl Carrión Neyra 17883742
3338 80338377 349-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Mario Amasifuen Ortiz 15861648
3223 42717314 374-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Karin Yanet Mejía Marcos 10541727
2945 44169734 370-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Martha Teresa Huaccachi
Parco
10514773
3215 44237438 374-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Jeampas Daniel Taish
Mamayak 80602120
3341 80497336 349-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Eleuterio Valdiviezo Gamez 19403681
2493 44002569 312-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Emilia Peña Ríos 80440165
3306 80561544 346-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Ángela Reyes Viera 19406887
1823 80147085 225-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Saturnina Puelles Baca 23948591
2360 40467000 286-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Angelo Velásquez Cerna 32965019
2164 80558500 264-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Pablo Buendía Rosas 80097927
1694 80447715 249-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Alberto Payano Gamarra 22672225
2550 80155374 317-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Victoria Daga Quispe 17947918
2391 44217454 283-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Raymundo Wilfredo Saravia
Azaña 32986848
2565 42647485 301-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Juan Elias Medina Díaz 40173637
2556 80167167 317-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Sonia Emperatriz Montes
Silva 18023051
6470 41181216 772-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC Luzvinda Ysabel Campos
Pardo 16797834
2737 80344022 313-2007/SGDI/
GPDR/RENIEC María Santos Cabrera Reyes 80260729
Que, si bien las resoluciones administrativas antes
señaladas, excluyeron def‌i nitivamente la segunda
inscripción del Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales, se presume que los ciudadanos
cuyos nombres aparecen en la relación, habrían cometido
en agravio del RENIEC el delito contra la Fe Pública, en la
modalidad de Falsedad Ideológica, tipif‌i cado en el artículo
428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede
tener dos identidades;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de la
Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para
que interponga las acciones legales que correspondan
por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública,
en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del
Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, contra
los siguientes ciudadanos: Jimmy Henry Mattos Lucero,
Eustaquia Ponce Capa, Santos Raúl Carrión Neyra,
Mario Amasifuen Ortiz, Karin Yanet Mejía Marcos, Martha
Teresa Huaccachi Parco, Jeampas Daniel Taish Mamayak,
Eleuterio Valdiviezo Gamez, Emilia Peña Ríos, Angela
Reyes Viera, Saturnina Puelles Baca, Angelo Velásquez
Cerna, Pablo Buendía Rosas, Alberto Payano Gamarra,
Victoria Daga Quispe,Raymundo Wilfredo Saravia Azaña,
Juan Elias Medina Díaz, Sonia Emperatriz Montes Silva,
Luzvinda Ysabel Campos Pardo y María Santos Cabrera
Reyes.
Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador
Público del RENIEC, para los f‌i nes a que se contrae la
presente Resolución.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
245694-6
MINISTERIO PUBLICO
Nombran Fiscales Adjuntos Provinciales
Provisionales del Distrito Judicial de
Lambayeque, designándolos en el Pool
de Fiscales de Lambayeque
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1185-2008-MP-FN
Lima, 3 de setiembre de 2008
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales
Supremos Nº 051-2008-MP-FN-JFS, de fecha 19 de junio
del 2008, se crearon con carácter permanente, el Pool de
Fiscales en diversos Distritos Judiciales.
Que, al encontrarse vacantes las plazas de Fiscales
Adjuntos Provinciales del Pool de Fiscales del Distrito
Judicial de Lambayeque, se hace necesario cubrir
el referido Despacho con los Fiscales que asuman
provisionalmente el cargo.
Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo
64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del
Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos
Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de
Lambayeque, designándolos en el Pool de Fiscales de
Lambayeque, a los siguientes doctores:
- Sonia Beatriz Vera Estéves.
- Luisita Onelia Ruíz Chapoñán.
- Clara Paola Díaz Reyes.
- Dina Elisa Aquino Oré.
- José Secundino Guevara Cubas.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular Decana
del Distrito Judicial de Lambayeque, Gerencia General,
Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de
Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS
Fiscal de la Nación
247284-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Continental la
apertura de agencias ubicadas en la
provincia de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 6933-2008
Lima, 25 de agosto de 2008
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR