RESOLUCION SUPREMA N° 037-2010-EM - Aprueban Adenda al Contrato BOOT de Concesión de Distribución en Lima y Callao
Fecha de publicación | 29 Abril 2010 |
Fecha de disposición | 29 Abril 2010 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 29 de abril de 2010 418081
DICE:
ANEXO
TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS A FAVOR DE GOBIERNO
REGIONAL Y GOBIERNOS LOCALES EN EL PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2010
(EN NUEVOS SOLES)
PROYECTOS DE INVERSIÓN
(...)
061305
(...)
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UTICYACU
DEBE DECIR:
ANEXO
TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS A FAVOR DE GOBIERNO
REGIONAL Y GOBIERNOS LOCALES EN EL PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2010
(EN NUEVOS SOLES)
PROYECTOS DE INVERSIÓN
(...)
061310
(...)
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UTICYACU
487437-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban Adenda al Contrato BOOT de
Concesión de Distribución en Lima y
Callao
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 037-2010-EM
Lima, 28 de abril de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Estado Peruano suscribió el “Contrato BOOT
Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de
Ductos en Lima y Callao” (en adelante “Contrato BOOT”),
cuyo actual concesionario es la empresa Gas Natural de
Lima y Callao S.A. (en adelante “Cálidda”);
Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2008-EM,
modifi cado por Decreto Supremo Nº 082-2009-EM, se
modifi caron diversos artículos del Decreto Supremo Nº
040-99-EM, Reglamento de la Ley Nº 27133, Ley de
Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural,
para considerar el marco legal para las inversiones
adicionales que se requieren para ampliar la Capacidad
Mínima de la Red Principal y establecer nuevas tarifas
para los concesionarios, incorporando el régimen de la
Tarifa Única de Distribución, la cual consiste en:
- Crear un nuevo marco tarifario que permite el
incremento de la capacidad por encima de la Capacidad
Mínima,
- Unifi car la Red Principal de Distribución con las
Otras Redes, dando paso a un solo sistema integrado de
distribución, y
- La aplicación de una sola tarifa para todos los
Usuarios, denominada Tarifa Única de Distribución.
Que, el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 048-2008-
EM establece que el Ministerio de Energía y Minas deberá
llevar a cabo todas las acciones necesarias o convenientes
para acordar con los concesionarios que cuenten con Red
Principal, la modifi cación de los Contratos de Concesión
que resulten necesarias para ampliar la Capacidad Mínima
de la Red Principal;
Que, para tal efecto, mediante la Resolución Ministerial
Nº 030-2010-MEM/DM, publicada en el Diario Ofi cial
El Peruano el 22 de enero de 2010, se conformó una
Comisión Especial encargada de acordar con Cálidda la
modifi cación del Contrato BOOT;
Que, la citada resolución señaló que la Comisión
Especial tendrá como fi nalidad, entre otros, recomendar
los términos de la modifi cación del Contrato BOOT, a
efectos de incorporar el marco regulatorio que permita
la aplicación de la Tarifa Única de Distribución, así como
aquellos temas que considere los más convenientes para
el Estado Peruano, como el referente a las Presiones,
Usuarios Conectados por Conectables y el mecanismo de
compensación a que se refi ere el Decreto Supremo Nº
082-2009-EM;
Que, la Comisión Especial tuvo reuniones periódicas
con los representantes de Cálidda, para lo cual se obtuvo
un consenso de adenda al Contrato BOOT el último
29/03/10. De esta forma, la Comisión Especial presentó
su Informe Final con fecha 16/04/2010;
Que, asimismo se expidió el Informe Técnico Legal
Nº 024-2010-MEM/DGH-DNH, por el cual se recomienda
la emisión de la Resolución Suprema que aprueba la
Adenda al Contrato BOOT Concesión de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao,
y designa al funcionario que deberá de intervenir en la
misma a nombre del Estado;
Que, en atención a lo establecido en el Artículo 5º del
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Adenda al Contrato BOOT
Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de
Ductos en Lima y Callao, que como anexo forma parte de
la presente resolución.
Artículo 2º.- Autorizar al Ingeniero Ernesto Sebastián
Barreda Tamayo, Director General de Hidrocarburos, a
suscribir en nombre del Estado Peruano, la minuta y la
escritura pública que resulten necesarias para implementar
la Adenda a que se refi ere el Artículo 1º.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
Modifi cación del Contrato BOOT de Concesión de
Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el
Departamento de Lima y la Provincia Constitucional
del Callao
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras
Públicas, una en la que conste el acuerdo de Modifi cación
del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas
Natural por Red de Ductos en el Departamento de Lima
y la Provincia Constitucional del Callao (el “Acuerdo”) que
celebran:
- Gas Natural de Lima y Callao S.A., con Registro Único
de Contribuyente Nº 20503758114, inscrita en la Partida Nº
11352499 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina
Registral de Lima y Callao, con domicilio en Av. Primavera
Nº 1878, Monterrico, Santiago de Surco, Lima, debidamente
representada por su ……………………., el señor
……………………., de nacionalidad …………………….,
identifi cado con ……………………. Nº …………………….,
y por su ……………………., el señor …………………….,
de nacionalidad ……………………., identifi cado con
……………………. Nº ……………………., según poderes
inscritos en la Partida Nº ……………………. del Registro
de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y
Callao, a quien en adelante se denominará “GNLC”, el
“Concesionario” o la “Sociedad Concesionaria”.
- El Estado Peruano, actuando a través del Ministerio
de Energía y Minas, con domicilio en Av. Las Artes
Nº 260, San Borja, Lima, representado por el Director
General de Hidrocarburos, el señor …………………….,
de nacionalidad peruana, identifi cado con Documento
Nacional de Identidad Nº ……………, designado como
tal mediante Resolución Ministerial Nº …………….-MEM-
DM y facultado para estos efectos mediante Resolución
Suprema Nº […………………], publicada en el Diario
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