Acuerdo N° 167. Aprueban con cargo al presupuesto institucional del Pliego 465: Municipalidad Metropolitana de Lima - Gobierno Regional Metropolitano de Lima, la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República

Fecha de publicación01 Mayo 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Mollepata de la provincia de Anta del departamento de Cusco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Lima, 25 de abril de 2024


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA


POR CUANTO:


El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha, acordó lo siguiente;


VISTOS: El Acuerdo de Concejo N° 396 del 13 de octubre de 2023, el Oficio N° 000415-2023-CG/GAD de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, el Oficio N° 000071-2023-CG/GRECE de la Gerencia de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, el Informe N° 087-2024-MML-ALC-GRML-SRAJ de la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, el Oficio N° 547-2024-MML-ALC-GRML-GR de la Gerencia Regional del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, el Informe N° D000368-2024-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos, Memorando N° D000708-2024-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;


Que, el artículo 198 de la referida norma constitucional Política del Perú, establece que la capital de la República no integra ninguna región. Tiene régimen especial en las leyes de descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades. La Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima;


Que, el artículo 65 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, señala que la capital de la República no integra ninguna región. En la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a...

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