ACUERDO N° 098-2014-MDM-CM - Autorizan viaje del Alcalde a Colombia, en comisión de servicios

Fecha de publicación02 Diciembre 2014
Fecha de disposición02 Diciembre 2014
El Peruano
Martes 2 de diciembre de 2014 539105
informes de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y
de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
Que, mediante el Memorándum Nº 1836-2014-GPP/
MVMT de fecha 27 de noviembre de 2014, la Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión
favorable a la aprobación de la propuesta de ampliación
del plazo de vigencia de los benef‌i cios dispuestos con la
Ordenanza Nº 186/MVMT;
Que, mediante el Informe Legal Nº 386-2014-GAJ/MVMT
,de fecha 27 de noviembre de 2014, la Gerencia de Asesoría
Jurídica opina que resulta procedente prorrogar la vigencia
de los benef‌i cios tributarios y no tributarios dispuestos con
la Ordenanza Nº 186/MVMT, para lo cual se deberá emitir
el Decreto de Alcaldía correspondiente, conforme a lo
establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Orgánica
de Municipalidades;
Que, mediante el Memorándum Nº 989-2014-GM/
MVMT de fecha 28 de noviembre de 2014, la Gerencia
Municipal remite la propuesta de prórroga de la vigencia
de la Ordenanza Nº 186/MVMT formulada por la
Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, así como
los pronunciamientos de la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
solicitando que se efectúen las acciones necesarias para
la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;
Que, respecto a la prórroga propuesta, la Quinta
Disposición Final de la Ordenanza Nº 186/MVMT, faculta
a la Titular de esta entidad para que mediante Decreto de
Alcaldía prorrogue la vigencia de dicha norma o dicte las
disposiciones que puedan ser necesarias para su mejor
aplicación;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Orgánica
de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal
y resuelven o regulan asuntos de orden general y de
interés para el vecindario, que no sean competencia del
concejo municipal;
Estando a los considerandos precedentes, en los
que se evidencia que resulta necesaria la ampliación de
la vigencia de la Ordenanza Nº 186/MVMT y se tiene la
facultad legal correspondiente, en ejercicio de las facultades
conferidas en la Quinta Disposición Final de la Ordenanza
antes mencionada y en el numeral 6) del artículo 20º de la
Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de
la Ordenanza Nº 186/MVMT, que dispone benef‌i cios
tributarios y no tributarios en la jurisdicción del distrito,
hasta el 27 de diciembre de 2014.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales,
Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Control
Municipal, Sub Gerencia de Tecnología de la Información
y Procesos, Sub Gerencia de Comunicación e Imagen
Institucional y demás unidades orgánicas competentes
de esta Corporación Municipal, el cumplimiento de lo
establecido en el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
SILVIA BARRERA VÁSQUEZ
Alcaldesa
1171865-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MACHUPICCHU
Autorizan viaje del Alcalde a Colombia,
en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 098-2014-MDM-CM
Machupicchu, 21 de noviembre del 2014
VISTO:
En la 21va. Sesión Ordinaria de fecha 21 de noviembre
del año 2014; el Of‌i cio Nº 1044 APCE-14; de fecha 29
de octubre del 2014, de la ASOCIACIÓN PERUANA
DE CIUDADES EDUCADORAS, y contándose con
las opiniones favorables de la Of‌i cina de Planif‌i cación
y Presupuesto, y la Unidad de Asesoría Legal de ésta
comuna, y el VOTO FAVORABLE en UNANIMIDAD, de
los señores Regidores; y,
CONSIDERANDO:
como objeto fundamental el desarrollo integral del país,
disponiendo por mediante el Artículo 194º que, las
municipalidades son los órganos de gobierno local; tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su Competencia; y, conforme al Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 27972, dicha autonomía municipal radica en
ejercer los actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, habiéndose recibido el documento del visto, por
mediante el cual, la Asociación Peruana de Ciudades
Educadoras, invita al alcalde de nuestra comuna, en su
condición, además de alcalde reelecto para el periodo
municipal 2015 – 2018; a efectos de participar en la Visita
Técnica Municipalista a la ciudad de Guadalajara de Burga
– Colombia, cuyo objeto es conocer In Situ los proyectos
de las Ciudadelas Educativas, Seguridad Ciudadana,
y Proyectos Culturales, que puedan ser replicados en
nuestra ciudad; misma que se desarrollará desde el día
25 al 29 de noviembre del año en curso, en la ciudad de
antes señalada, del vecino país de Colombia;
Por lo que, en uso de la facultad conferida por la
Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nro. 27972 Art. 9º numeral 11) que
precisa como atribución del Concejo Municipal: “Autorizar
los viajes al exterior del país que, en comisión de
servicios o representación de la municipalidad, realicen
el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier
otro funcionario.” y Reglamento Interno del Consejo, con
el VOTO favorable en UNANIMIDAD de los Señores
Regidores asistentes, se ha aprobado emitir el presente;
y por tanto;
ACORDÓ;
Primero.- AUTORIZAR, el viaje fuera del país en
comisión de servicios del Señor Alcalde DELMAN
DAVID GAYOSO GARCIA, a la ciudad de Guadalajara
de Burga – del vecino país de Colombia, con el objeto
de participar de la Visita Técnica Municipalista, y tomar
conocimiento In Situ sobre las experiencias de proyectos
de Ciudadelas Educativas, Seguridad Ciudadana, y
Proyectos Culturales, los días 25; 26; 27; 28; 29; y 30 de
noviembre del año 2014.
Segundo.- AUTORIZAR, la afectación de gastos
por concepto de viáticos, conforme los señalados por
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueban
Normas Reglamentarias sobre Autorización al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos. Gastos de pasajes,
TAME, hospedaje, costos de inscripción de la capacitación,
alimentación, comunicaciones, y otros, que se generen del
cumplimiento del presente acuerdo de concejo.
Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal,
Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto, y Secretaria
General, implementen las acciones administrativas
para el cumplimiento del presente acuerdo de concejo,
así como disponga su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Cuarto.- DISPENSAR, del trámite de aprobación del
Acta.
Quinto.- El presente acuerdo de concejo municipal
entrará en vigencia al momento de su aprobación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
DELMAN DAVID GAYOSO GARCÍA
Alcalde
1171990-1

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