ACUERDO N° 092-2014-MPC - Ratifican la Ordenanza N° 015-2014-MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chilca, mediante el cual se establece el 'Régimen Tributario que Determina la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal para el Distrito de Chilca durante el Ejercicio 2015'

Fecha de disposición14 Febrero 2015
Fecha de publicación14 Febrero 2015
El Peruano
Sábado 14 de febrero de 2015 546785
XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha, ubicado en la Av.
Próceres de la Independencia, Cuadra 15, distrito de San
Juan de Lurigancho.
Articulo Segundo.- DISPENSAR de la publicación
de los avisos de ley para el Matrimonio Civil Comunitario,
realizándose una única publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano, indicando en forma genérica el día, la hora y el lugar
donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil Comunitario.
Artículo Tercero.- ESTABLECER como pago único
por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/.
100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que
estarán disgregados de la siguiente manera:
- POR GASTOS ADMINISTRATIVOS:
Pagar en Caja del Local Central por Expediente
Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100
Nuevos Soles).
- CERTIFICADO PRENUPCIAL:
Pagar en Caja del Local Central por Examen Médico la
suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos
indispensables para participar en el Primer Matrimonio
Civil Comunitario, son los que a continuación se detallan:
1. Acta de Nacimiento de ambos contrayentes (original
y copia certif‌i cada actualizada)
2. Copia fedateada del D.N.I. de ambos contrayentes
3. Certif‌i cado Pre-Nupcial (médico) expedido por la
Municipalidad S/ 60.00
4. Expediente Matrimonial S/ 40.00
5. Fotografía actual de ambos contrayentes
6. Declaración Jurada de Domicilio (por lo menos uno
debe domiciliar en el distrito)
7. Constancia de No Inscripción de Matrimonio
(Certif‌i cado de Soltería) de ambos contrayentes con una
antigüedad no mayor de un mes.
8. Copia autenticada del D.N.I. de dos (2) testigos
9. Solicitud f‌i rmada por ambos contrayentes
10. En caso de contrayente extranjero, el Acta de
Nacimiento, Certif‌i cado de Soltería, Certif‌i cado del domicilio
del Contrayente extranjero, debe contar con la visación
del Cónsul Peruano en el país de origen, así como con la
legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo Quinto.- AUTORIZAR la recepción de los
Expedientes Matrimoniales a partir de la publicación del
presente Decreto de Alcaldía, hasta el día miércoles 25
de marzo de 2015.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
y a la Secretaría General a través de la Sub Gerencia
de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ
Alcalde
1200388-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE
Ratifican la Ordenanza Nº 015-2014-
MDCH, de la Municipalidad Distrital de
Chilca, mediante el cual se establece
el “Régimen Tributario que Determina
la Tasa por Estacionamiento Vehicular
Temporal para el Distrito de Chilca
durante el Ejercicio 2015”
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 092-2014-MPC
Cañete, 24 de diciembre de 2014
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAÑETE
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22
de diciembre de 2014, y en atención del Of‌i cio Nº 215-
2014-MDCH, remitido por la Municipalidad Distrital de
Chilca, mediante el cual remite la Ordenanza Municipal
que establece el “Régimen Tributario que Determina la
Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal para el
Distrito de Chilca durante el Ejercicio 2015”, para su
ratif‌i cación; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º
Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es
un órgano de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Orgánica de Municipalidades, señala que los Acuerdos
son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
específ‌i cos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional;
Orgánica de Municipalidades, señala que las
ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
municipalidades distritales deben ser ratificadas por
las municipalidades provinciales de su circunscripción
para vigencia.
Que, mediante Oficio Nº 215-2014-MDCH, de fecha
10 de noviembre del 2014, la Municipalidad Distrital de
Chilca, remite la Ordenanza Municipal Nº 015-2014-
MDCH, de fecha 30 de octubre del 2014, mediante el
cual se aprueba la Ordenanza que Establece Régimen
Tributario que Determina la Tasa por Estacionamiento
Vehicular Temporal para el Distrito de Chilca durante
el Ejercicio 2015, para su ratificación;
Que, mediante Informe Legal Nº 392-2014-AJ-
MPC, de fecha 19 de diciembre del 2014, la Gerencia
de Asesoría Jurídica, opina que resulta factible aprobar
la ratificación de la Ordenanza Nº 015-2014-MDCH,
proveniente de la Municipalidad Distrital de Chilca, y
que determina la Tasa de Estacionamiento Vehicular
en el distrito de Chilca.
Que, mediante Dictamen Nº 026-2014-CPEAM-
MPC, de fecha 19 de diciembre del 2014, la Comisión
de Planif‌i cación, Economía y Administración, de la
Municipalidad Provincial de Cañete, opina de forma
unánime por la ratif‌i cación de la Ordenanza Nº 015-2014-
MDCH.
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas
27972, con el voto unánime del Pleno de Concejo y
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación
del Acta;
SE ACORDÓ:
Artículo 1º.- Ratif‌i car, la Ordenanza Nº 015-2014-
MDCH, remitido por la Municipalidad Distrital de Chilca,
mediante el cual se establece el “Régimen Tributario
que Determina la Tasa por Estacionamiento Vehicular
Temporal para el Distrito de Chilca durante el Ejercicio
2015”, y por los fundamentos expuestos en el presente
acuerdo.
Artículo 2º.- Hacer de conocimiento a la entidad
municipal interesada y demás áreas de la corporación
edil, para los f‌i nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
1200149-1

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