Acuerdo Nº 078-2022-GRA/CR-AREQUIPA. Aprueban expropiación de predio afectado por la ejecución del Proyecto Majes Siguas II Etapa, a favor del Gobierno Regional de Arequipa

Fecha de publicación11 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Arequipa, 6 de setiembre del 2022

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 121-2009 de fecha 23 de diciembre del 2009, Mediante Decreto de Urgencia Nro. 121-2009 de fecha 23 de diciembre del 2009, se declaró la necesidad nacional y de ejecución prioritaria en el año 2010 por parte de PROINVERSION, la promoción de la inversión privada de diversos proyectos, asociaciones públicas, privadas y concesiones, entre los que se encuentran el Proyecto Majes Siguas;

Que, con fecha 30 de abril de 2015, el Gobierno Regional de Arequipa (Concedente) y la Concesionario Angostura Siguas S.A. (Concesionario), suscribieron el Texto Único Ordenado del Contrato de Concesión para la Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Mayores de Afianzamiento Hídrico y de Infraestructura para Irrigación de las Pampas de Siguas.

Que, el 03 de septiembre del 2021 y 28 de junio del 2022, el Gerente Ejecutivo de AUTODEMA, y el 28 de junio del 2022 remitió a los propietarios del bien, el Sr. Ramon Paulino Choquehuanca Choquehuanca y a la señora Martha Nifla Arotaype de Choquehuanca, la carta de intención para adquirir el inmueble mencionado anteriormente, por un monto de S/. 29,685.46, que incluyen el adicional del 20% de incremento que establece la ley. (Notificada por el Juez de Paz de CAYLLOMA el 18-09-2021).

Que, habiendo pasado el plazo estimado por ley, los propietarios del bien en interés, no se han pronunciado respecto a la oferta económica.

Que, mediante informe N° 24-2022-GRA/PEMS/GDPMSIIE/MAT, suscrito por el Jefe de Meta de Acondicionamiento Territorial y la especialista Meta de Acondicionamiento Territorial, realizan una síntesis de los antecedentes del presente caso, concluyendo en remitirlo a la Oficina de Asesoría Jurídica del GRA, para que emitan el informe correspondiente. Siendo derivado todo el expediente, con oficio N° 250-2022-GRA/PEMS-GE-ORAJ.

Que, a través de Informe Técnico N° 050-2022- GRA/AG-EJOT, el asesor de Gobernación, Arq. Mg Elfri José Ortiz Talavera, refiere que se ha cumplido con el procedimiento normado, así mismo, recomienda se remita el expediente a la Oficina de Ordenamiento Territorial, así como, a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, para que emitan su informe legal favorable.

Que, siendo el informe N° 050-2022-GRA/OOT-BAO, refieren que es competencia de asesoría jurídica opinar al respecto, por lo tanto, remite el expediente a la oficina de Asesoría Jurídica.

Que, por Oficio N° 127-2022-GRA/ORAJ, la Oficina de Asesoría Legal, advierte a AUTODEMA de un error en cuanto al Área materia de expropiación, refiriendo que en los informes se pone 0.4484 has, más la cantidad verdadera, según la tasación realizado por el Ministerio de Vivienda es de 13,74355 has. Siendo que mediante oficio N° 742-2022-GRA-PEMS-GE-GDPMSIIE, AUTODEMA, remite el expediente subsanando la observación.

Que, posteriormente, con informe N° 1087-2022-GRA/ORA, sugiere remitir el expediente al Consejo Regional, para que a través de Acuerdo Regional se apruebe la Expropiación y el valor de Tasación del terreno de 13,74355 has., parcela 47A- EA del Anexo Pusa Pusa.

Que, respecto a: Sujeto Activo de la Expropiación: Gobierno Regional de Arequipa, quien es representado por la Autoridad Autónoma de Majes – AUTODEMA, dirigida por su Gerente Ejecutivo, Ing. Arturo Arroyo Ambia. Sujeto...

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