ACUERDO N° 053-2015-C/MPP - Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a Uruguay, en comisión de servicios

Fecha de disposición19 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
El Peruano
Martes 19 de mayo de 2015 552817
de mayo del 2015, se aprobó la validación y concertar el
Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del
Presupuesto Participativo de carácter Multianual basado en
resultados de la Municipalidad de Villa María del Triunfo;
De conformidad con lo previsto en los artículos 9º, 39º y
el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad, con
dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta y
Comisiones, la siguiente:
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE CARÁCTER
MULTIANUAL BASADO EN RESULTADOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL
TRIUNFO
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento
que Regula el Proceso del Presupuesto Participativo
de carácter Multianual, basado en resultados de la
Municipalidad distrital de Villa María del triunfo, el cual
consta de (05) Títulos, (12) Capítulos, y (50) Artículos, y
(08) Disposiciones Complementarias y Finales, conforme
a lo detallado en el presente Reglamento y que forma
parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a las Organizaciones
de la Sociedad Civil e Instituciones Públicas y Privadas
que realicen acciones en bien del desarrollo del distrito,
a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo
del Gobierno Distrital de Villa María del Triunfo cuando
sea convocado.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración,
Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo
Social y Lucha contra la Pobreza y Sub Gerencia de
Participación Vecinal, así como al Equipo Técnico Municipal
responsable de conducir y monitorear la implementación
del Proceso del Presupuesto Participativo.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente Ordenanza a través del Portal Institucional y en el
Diario Of‌i cial El Peruano, en aplicación de lo dispuesto por
109º de la Constitución Política del Estado Peruano, y tenga
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS A. PALOMINO ARIAS
Alcalde
1238502-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PUNO
Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a
Uruguay, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL
N° 053-2015-C/MPP
Puno, 6 de mayo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE PUNO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nro. IX,
de fecha 05 de mayo del 2015, la Carta de invitación
efectuado por el Intendente Departamental de
Lavalleja – Uruguay, Sr. Alfredo Villalba, respecto a la
suscripción del Acuerdo Marco de Colaboración entre la
Intendencia Departamental de Lavalleja (Uruguay) y la
Municipalidad Provincial de Puno (Perú), y los recaudos
relacionados;
CONSIDERANDO:
Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde
al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del
país, que en comisión de servicios o representación de la
Municipalidad realicen el alcalde, los regidores, el Gerente
Municipal y cualquier otro funcionario.
Que, la Ley 27619, regula la autorización de viajes
al exterior de los funcionarios y servidores públicos, o
representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro
Público y que se encuentren comprendidos en las
entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley
del Presupuesto del Sector Publico. En esta secuencia,
su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nro. 047-
2002-PCM, incluye en la regulación la autorización de
viajes que no ocasionan gastos al Estado.
Que, el Art. 10, numeral 10.1. de la ley 30281, Ley
de Presupuesto del Sector Publico para el año f‌i scal
2015, dispone la prohibición de los viajes al exterior de
los servidores o funcionarios públicos y representantes
del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo los
siguientes casos: c) “los titulares de los organismos
constitucionalmente autónomos…”, de los presidentes
regionales, concejeros regionales, alcaldes y regidores,
cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo
del Concejo Regional o Concejo Municipal, según
corresponda. En todos los casos, la resolución o acuerdo
de Concejo es publicada en el diario of‌i cial El Peruano.
(Negrilla y resaltado nuestro).
Que, la Intendencia Departamental de Lavalleja, de
la república de Uruguay, a través de la Carta de fecha
20 de abril del 2015, invita al alcalde de la Municipalidad
Provincial de Puno, para coordinar y formalizar la f‌i rma de
un Acuerdo Marco de Colaboración entre la Intendencia
Departamental de Lavalleja (Uruguay) y la Municipalidad
Provincial de Puno (Perú), entre los días 19 al 25 de mayo
del presente, para cuya f‌i nalidad invita formalmente la visita
al Departamento de Lavalleja, Republica de Uruguay. Es
aparejado a dicha Carta la propuesta de Acuerdo Marco
de Colaboración entre la Intendencia Departamental de
Lavalleja (Uruguay) y la Municipalidad Provincial de Puno
(Perú).
Que, se ha recabado el Informe de Disponibilidad
Presupuestal, así como el Informe Legal, en cuyo
caso, concuerdan con Opinar favorablemente, a nivel
presupuestario y legal, respectivamente; en consecuencia,
corresponde emitir el acto administrativo que formaliza la
autorización de viaje.
Por lo tanto, en ejercicio de las facultades conferidas
dispensa del procedimiento de lectura y aprobación del
acta, el Concejo municipal, por unanimidad, ha tomado
el siguiente:
ACUERDO:
Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje del Sr. Alcalde,
Ivan Joel Flores Quispe, y del Sr. Regidor Cesar
Romero Sánchez, a la república de Uruguay, los días
19 al 24 de mayo del 2015, para la implementación de
la suscripción del Acuerdo Marco de Colaboración entre
la Intendencia Departamental de Lavalleja (Uruguay) y
la Municipalidad Provincial de Puno (Perú), a realizarse
en la Intendencia Municipal de Lavalleja, república de
Uruguay.
Artículo 2°.- DISPONER que los gastos que irrogue
el cumplimiento del presente Acuerdo, se efectúen
según cargo al presupuesto, detallado por la Gerencia
de Planif‌i cación y Presupuesto, de la Municipalidad
Provincial de Puno.
Artículo 3°.- HACER de conocimiento del presente
Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás órganos
competentes de la Municipalidad Provincial de Puno, para
los f‌i nes de ley.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
IVAN JOEL FLORES QUISPE
Alcalde
1238283-1

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