Acuerdo Nº 05-2024-GRA/CR-AREQUIPA. Autorizan viaje del Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo para participar en evento a realizarse en España

Fecha de publicación19 Enero 2024
SecciónSección Única
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para participar en eventos a realizarse en España

Arequipa, 12 de enero de 2024


El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.


CONSIDERANDO:


Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; conforme lo dispone el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305; los artículos y 31º de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización; y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;


Que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley, conforme a la Constitución Política del Perú, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones vigentes;


Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1º establece que la presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado (...);


Que, la Ley Nº 31953 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el numeral 10.1 del artículo 10, señala que durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la...

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