ACUERDO N° 044-2015 - Autorizan viaje de Regidores a Brasil, Panamá y EE.UU., en comisión de servicios

Fecha de disposición16 Mayo 2015
Fecha de publicación16 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 16 de mayo de 2015 552683
Artículo Tercero.- APROBAR la Licencia solicitada para
ausentarse de la localidad del señor Regidor José Antonio
Muñoz Santa Cruz, del 07 al 18 de junio del 2015.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
de Administración y Finanzas y a la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el
cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo; así
como a la Secretaría General la publicación del mismo en
el Diario Of‌i cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías
de Información, su publicación en la página Web de la
Municipalidad: www.munimolina.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
JUAN CARLOS ZUREK P.F.
Alcalde
1237265-2
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 044-2015
La Molina, 12 de mayo de 2015
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
la Carta N° 02-2015-MDLM-FNH, de fecha 28 de abril
del 2015, presentada por la señora Regidora Francisca
Fausta Navarro Huamaní, mediante la cual comunica
haber recibido una invitación del Centro Latinoamericano
de Estudios Locales para participar en el “Seminario
sobre Buenas Prácticas Públicas y Servicios Inteligentes
y del Premio 2015 a las Buenas Prácticas en Gestión
Municipal”, a efectuarse de 10 al 12 de junio del 2015, en
la República de Panamá; por lo cual solicita al Concejo
Municipal la autorización correspondiente; y,
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma
Constitucional, y concordado con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son
atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, “Autorizar
los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios
o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los
regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”;
asimismo, en su numeral 27 señala “Aprobar las licencias
solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo
concederse licencias simultáneamente a un número mayor
del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores”;
Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, Ley Nº 30281, en el Subcapítulo III
establece las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad
en el Gasto Público que deben tener todas las entidades
del Estado, siendo que en su Artículo 10° se señala las
medidas en materia de bienes y servicios; indicando
en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
excepto los casos establecidos, entre otros, lo señalado en
su literal c), concerniente a los Titulares de los organismos
constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y
autoridades del Estado a que se ref‌i ere la Ley N° 28212.
Asimismo, en su segundo y tercer párrafo prescribe
que el requerimiento de excepciones adicionales a las
señaladas en los literales precedentes, en el caso de los
organismos constitucionalmente autónomos, la excepción
es autorizada por Resolución del titular de la entidad;
y en los gobiernos regionales y locales, se autoriza
mediante Acuerdo del Consejo Regional o Municipal,
respectivamente, siendo obligatorio que en todos los
casos, la Resolución o Acuerdo se publique en el Diario
Of‌i cial El Peruano; además, los viajes que se autoricen
deben realizarse en categoría económica;
Que, mediante Ley N° 27619, y su Reglamento
aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM,
modif‌i cados por Decreto Supremo N° 005-2006-PCM
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos o representantes del Estado que
irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren
comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito
de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;
siendo que el Artículo 5° del citado Decreto Supremo N°
047-2002-PCM, modif‌i cado por el Decreto Supremo N°
056-2013-PCM, prescribe que los gastos por concepto
de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los
funcionarios y servidores públicos, serán calculados
conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográf‌i cas;
Que, mediante Carta N° 02-2015-MDLM-FNH, de
fecha 28 de abril del 2015, presentada por la señora
Regidora Francisca Fausta Navarro Huamaní, comunica
haber recibido una invitación del Centro Latinoamericano
de Estudios Locales para participar en el “Seminario sobre
Buenas Prácticas Públicas y Servicios Inteligentes y del
Premio 2015 a las Buenas Prácticas en Gestión Municipal”,
a efectuarse del 10 al 12 de junio del 2015, en la República
de Panamá; toda vez que dicho evento constituye un
espacio pensado para revisar y compartir herramientas y
experiencias que posibilitan una gestión pública local de
excelencia, al socializar las experiencias, buenas prácticas
y conocimientos de los participantes, buscando promover la
cooperación horizontal y el aprendizaje mutuo entre distintos
gobiernos y actores locales; para dicho f‌i n en el Seminario
se desarrollaran mesas plenarias integradas por expertos
de renombre internacional del Reino Unido, España, Chile,
México, Colombia, Argentina, Puerto Rico y Uruguay,
también paneles de participantes en los que se presentarán
experiencias y ponencias y un panel integrado únicamente
por Alcaldes y Regidores. En tal sentido, dichas actividades
constituyen temas de gran importancia que coadyuvarán a
continuar con el desarrollo del Distrito de La Molina, ref‌l ejado
en una mejor prestación de los servicios públicos; por lo cual,
solicita al Concejo Municipal la autorización correspondiente
en las fechas precitadas, así como la aprobación de la
licencia pertinente, del 10 al 12 de junio del 2015;
Que, a través del Informe N° 443-2015-MDLM-
GAF/SGLSG, la Subgerencia de Logística y Servicios
Generales, remite el detalle de gastos que representará
el viaje y participación de la señora Regidora Francisca
Fausta Navarro Huamaní, en el mencionado evento
Internacional, el cual asciende a la suma de S/. 5,824.20
Nuevos soles; siendo que con Informe N° 262-2015-
MDLM-GPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto
y Desarrollo Institucional, otorga la disponibilidad
presupuestal correspondiente;
Que, mediante Informe N° 141-2015-MDLM-GAJ,
la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal
favorable, señalando que de acuerdo a los informes de
la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Institucional, y la Subgerencia de Logística y Servicios
Generales, corresponde que la señora Francisca Fausta
Navarro Huamaní, asista en su condición de Regidora del
Distrito de La Molina, a la República de Panamá, los días
10, 11 y 12 de junio del 2015, para participar en el evento
denominado “Seminario sobre Buenas Prácticas Públicas
y Servicios Inteligentes y del Premio 2015 a las Buenas
Prácticas en Gestión Municipal”; siendo ratif‌i cada dicha
opinión legal por la Gerencia Municipal con Memorando N°
429-2015-MDLM-GM;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto
en los numerales 11 y 27 del Artículo 9° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972; por mayoría, y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje que en
representación of‌i cial de la Municipalidad de La Molina,
realizará la señora Regidora Francisca Fausta Navarro
Huamaní, a la República de Panamá, los días 10,
11 y 12 de junio del 2015, para participar en el evento
denominado “Seminario sobre Buenas Prácticas Públicas
y Servicios Inteligentes y del Premio 2015 a las Buenas
Prácticas en Gestión Municipal”, organizado por el Centro
Latinoamericano de Estudios Locales - CELADEL.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que los gastos
que irrogue el cumplimiento del viaje of‌i cial mencionado
en el artículo precedente, se afectará a la específ‌i ca del
gasto correspondiente del Presupuesto Institucional del
presente ejercicio f‌i scal, conforme al siguiente detalle:

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