Acuerdo N° 012-2023-MDR-AC. Aprueban el Estado de Situación Financiera del Ejercicio Fiscal 2022 de la Municipalidad Distrital del Rímac

Fecha de publicación27 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Rímac, 22 de marzo de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC

VISTO:

En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de marzo de 2023, proponiendo al Pleno del Concejo la presentación y aprobación del estado de situación financiera del Ejercicio Fiscal 2022 de la Municipalidad del Rímac;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el que se establece que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece las atribuciones del Concejo Municipal, entre otras, la de: “artículo 39º que señala: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. (...)”;

Que, el artículo 41º la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal a institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”

Que, el numeral 7.1 del Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, señala que son Funciones de las Oficinas de Contabilidad: ”3. Efectuar las acciones conducentes al reconocimiento, medición, registro y procesamiento de los hechos económicos de la entidad, elaborando los estados financieros y presupuestarios, e información complementaria con sujeción al sistema contable “;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8º de la norma precitada, refiere que es obligación y responsabilidad de: “El Titular de la entidad del Sector Público, los directores generales de Administración, los directores de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, están obligados, según corresponda, a: (...) 2. Presentar la rendición de cuentas de la entidad en la que se desempeñen“, asimismo, el numeral 18.1 del artículo 18º, refiere que la rendición de cuentas es: “La rendición de cuentas consiste en presentar por parte del Titular de la...

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