ACUERDO N° 008-2015-CDLO - Aprueban bases administrativas de Concurso Público de Méritos para designar Auxiliar Coactivo de la Municipalidad

Fecha de disposición19 Febrero 2015
Fecha de publicación19 Febrero 2015
El Peruano
Jueves 19 de febrero de 2015
546994
Regionales (ANGR), de la Asociación de Municipalidades
del Perú (AMPE).
Cuarto.- PUBLICAR el presente acuerdo en el portal
institucional del Jurado Nacional de Elecciones y en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1202144-1
MINISTERIO PUBLICO
Disponen que la Primera Fiscalía
Superior Penal del Santa, Distrito
Fiscal del Santa, conozca procesos
penales, apelaciones y recursos en
queja, tramitados con el nuevo Código
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 539-2015-MP-FN
Lima, 18 de febrero de 2015
VISTO y CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1198-
2012-MP-FN de fecha 17 de mayo de 2012, se convirtió y
delimitó la competencia de la Primera y Segunda Fiscalía
Superior Penal del Santa, disponiéndose que conozcan
los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja
de los casos en liquidación y adecuación en el marco de la
entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal;
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2943-
2014-MP-FN de fecha 25 de julio de 2014, se resolvió que
la Segunda Fiscalía Superior Penal del Santa, conozca,
en adición a sus funciones, los procesos penales, las
apelaciones y recursos en queja tramitados bajo el nuevo
Teniendo en consideración la información estadística
y reportes informáticos obtenidos del Sistema de Gestión
Fiscal - SGF, se advierte que la Primera Fiscalía Superior
Penal del Santa, ha reducido sustancial y signif‌i cativamente
su carga laboral de liquidación y adecuación;
En ese sentido, a efectos de brindar un servicio f‌i scal
ef‌i ciente y oportuno en el Distrito Judicial del Santa, resulta
necesario que la Primera Fiscalía Superior Penal del
Santa, conozca, en adición a sus funciones, los procesos
penales, las apelaciones y recursos en queja tramitados
con el nuevo modelo procesal penal; ello en concordancia
con la opinión emitida por el Equipo Técnico Institucional
de Implementación del nuevo Código Procesal Penal en
el Informe N° 06-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST;
Estando a lo expuesto, corresponde adoptar las
acciones pertinentes a efectos de lograr que los justiciables
accedan a una pronta y oportuna administración de
justicia;
De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el
artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica
del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que la Primera Fiscalía
Superior Penal del Santa, Distrito Fiscal del Santa,
conozca, en adición a sus funciones, los procesos
penales, las apelaciones y recursos en queja tramitados
Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la
Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Santa,
conforme a lo establecido en el artículo 77, literal g del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de
la Nación Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de
2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga
laboral de las Fiscalías Superiores del Santa.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de
Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior
de Justicia del Santa, Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Judicial del Santa, Gerencia
General, Gerencia Central de Potencial Humano, Of‌i cina
de Registro y Evaluación de Fiscales, Secretaría Técnica
del Equipo Técnico Institucional de Implementación del
nuevo Código Procesal Penal para su conocimiento y
f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)
1202294-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
LOS OLIVOS
Aprueban bases administrativas de
Concurso Público de Méritos para
designar Auxiliar Coactivo de la
Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO
N° 008-2015-CDLO
Los Olivos, 6 de febrero del 2015
EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS
VISTOS: en sesión de concejo del día 05 de febrero,
el dictamen Nº 04-2015-MDLO/CAL de la comisión
permanente de asuntos legales, por el que se aprueba
las bases administrativas para designar un Auxiliar
Coactivo;
CONSIDERANDO:
Perú, establece que “Las Municipalidades Provinciales
y Distritales, son los Órganos de Gobierno Local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, en el Articulo 41º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972 establece que los acuerdos
son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos
específ‌i cos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional;
Que, en el numeral 32) del artículo 9º de la Ley Nº
como una de las atribuciones del Concejo Municipal
aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases
de las pruebas para la selección de personal y para los
concursos de provisión de puestos de trabajo;
Que, en el Artículo 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley Nº
mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que:
“La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar se
efectuará mediante concurso público de méritos”;
Que, en el Artículo 1º de la Ley precisa que el cargo
de ejecutor coactivo no es cargo de conf‌i anza – Ley Nº
27204, cuyo texto señala: “Precísase que el Ejecutor
y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o
contratados, según el régimen laboral de la Entidad a
la cual representan, y su designación, en los términos
señalados en el artículo 7º de la Ley 27679 – Ley del

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