Acuerdo de Jurado Nacional de Elecciones, 02-02-2018

Fecha02 Febrero 2018
Fecha de publicación02 Febrero 2018
ACUERDO

VISTOS el Oficio N.° 01979-2016-2017-CCR/CR del Presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, a través del cual se solicita opinión institucional respecto del Proyecto de Ley N.° 1507/2016-CR, presentado por el Grupo Parlamentario Peruanos por el Kambio que propone modificar el artículo 95 de la Constitución Política del Perú con la finalidad de establecer la renunciabilidad y prohibir la reelección continua e indefinida del cargo de congresista de la República, así como el Informe N.° 078-2017-GAP/JNE del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones.

A través del Informe N.° 078-2017-GAP/JNE, el Gabinete de Asesores de la Presidencia señala que el tema de la renunciabilidad al cargo de congresista de la República se expuso mediante el Informe N.° 063-2017-GAP/JNE, en el que se precisa la viabilidad del Proyecto de Ley N.° 1472/2016-CR que propone eliminar la irrenunciabilidad absoluta al cargo de congresista de la República.

Asimismo, respecto al extremo de la reelección parlamentaria considera que es conveniente incluir el requisito señalado en el artículo 46.3 del Proyecto de Código Electoral, Proyecto de Ley N.° 1313/2016 que, el 26 de abril de 2017, se presentó ante el Congreso de la República, donde se prescribe que los congresistas que postulen a la reelección solo podrán hacerlo en las circunstancias donde resultaron elegidos para su primer periodo congresal.

En lo concerniente a la reelección parlamentaria a solo el periodo inmediato siguiente resultaría factible; no obstante, dicha decisión debería ser debatida por el Pleno del Congreso de la República.

Por lo tanto, en aplicación del artículo 5, literal p, de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones,

ACUERDA

Primero.- Aprobar el contenido del Informe N.° 078-2017-GAP/JNE del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones.

Segundo.- Encargar a la Secretaría General que remita el Informe N.° 078-2017-GAP/JNE al Presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República.

SS.

ARCE CÓRDOVA

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