03 007-2004/MJM - Prorrogan plazo para acogerse a beneficios tributarios establecidos en la Ordenanza N° 137-MJM

Fecha de publicación20 Mayo 2004
Fecha de disposición20 Mayo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 20 de mayo de 2004
palidad y Presidente de la Comisión Técnica Mixta Distrital
del Comercio Ambulatorio.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Secretaría General y Gerencia de Desarrollo
Económico Local, el cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
YURI VILELA SEMINARIO
Alcalde
09480
Dejan sin efecto pagos de derechos por
concepto de formularios, formatos y
carpeta de trámite en los procedimien-
tos administrativos establecidos en el
TUPA de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 011-2004-MDI
Independencia, 10 de mayo del 2004
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
Vistos; la Correspondencia Nº 002748-2004 de 1 de
marzo de 2004, remitida por el Instituto Nacional de Defen-
sa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDE-
COPI e Informe Nº 033-2004/OPPI/GM/MDI de 12 de abril
de 2004, expedido por la Oficina de Planeamiento, Presu-
puesto e Informática;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º
de la Constitución, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Re-
forma Constitucional, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Muni-
cipalidades, las municipalidades tienen autonomía política, eco-
nómica y administrativa en los asuntos de su competencia, co-
rrespondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y
fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas;
Que, mediante correspondencia de vistos, el Instituto Na-
cional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelec-
tual - INDECOPI, hizo de conocimiento de la Municipalidad Dis-
trital de Independencia la expedición de la Resolución Nº 0023-
2004/STCAM-INDECOPI de 26 de febrero del 2004, por la que
se declaró que la Resolución Nº 0018-2004/CAM-INDECOPI
del 5 de febrero del 2004, que declaró que la actuación de la
Municipalidad Distrital de Independencia consistente en la exi-
gencia de cobros por concepto de formatos, formularios o simi-
lares para la tramitación de procedimientos establecidos en su
Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, contra-
viene lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, había quedado consentida al no haber-
se interpuesto recurso impugnativo en su contra y solicitó al
Concejo Municipal que resuelva lo planteado dentro del plazo
de treinta (30) días hábiles, conforme a ley;
Que, al respecto debe manifestarse que la exigencia de pre-
sentación de formularios o formatos por parte de las entidades
de la administración pública, salvo la existencia de una ley es-
pecial, debe efectuarse de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 154º de la Ley Nº 27444, precepto que establece que
las entidades disponen el empleo de formularios de libre repro-
ducción y distribución gratuita, mediante los cuales los adminis-
trados, o algún servidor a su pedido, completando datos o
marcando alternativas planteadas proporcionan la información
usual que se estima suficiente, sin necesidad de otro documen-
to de presentación, empleándose particularmente cuando los
administrados deben suministrar información para cumplir exi-
gencias legales y en los procedimientos de aprobación auto-
mática y asimismo también son utilizados cuando las autorida-
des deben resolver una serie numerosa de expedientes homo-
géneos, así como para las actuaciones y resoluciones recu-
rrentes, que sean autorizadas previamente;
Que, la normativa que regula la actuación de los gobiernos
locales ante el supuesto mencionado se encuentra contenida,
además en el artículo inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgá-
nica de Municipalidades, el cual establece que corresponde al
concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas,
como es el caso del TUPA de la MDI que fuera aprobado me-
diante Ordenanza Nº 030-2002-MDI de 19 de agosto de 2002,
en el artículo 36º de la Ley Nº 27444, precepto que establece
que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se
establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal,
debiendo ser compendiados en el Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos -TUPA, precisándose sin embargo que las
disposiciones concernientes a la eliminación de procedimien-
tos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán apro-
barse mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Informe Nº 033-2004/OPPI/GM/MDI de 12
de abril de 2004, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto e
Informática opina favorablemente respecto a la procedencia de
la eliminación de los cobros por conceptos de formularios, for-
matos y similares establecidos en el TUPA de la municipalidad;
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribucio-
nes conferidas por la Constitución Política del Estado y los
artículos 20º numeral 6. y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Or-
gánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DÉJESE SIN EFECTO el pago de
derechos por concepto de formularios, formatos y carpeta
de trámite para la tramitación de los procedimientos admi-
nistrativos establecidos en el Texto Único de Procedimien-
tos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de
Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 030-
2002-MDI de 19 de agosto de 2002.
Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Mu-
nicipal, Gerencia de Secretaría General, Gerencia de Ad-
ministración de Recursos y Unidad de Tesorería, el cum-
plimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
YURI VILELA SEMINARIO
Alcalde
09478
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Prorrogan plazo para acogerse a bene-
ficios tributarios establecidos en la Or-
denanza Nº 137-MJM
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2004/MJM
Jesús María, 17 de mayo de 2004
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 29 de marzo del 2004, se aprobó la
Ordenanza Nº 137-MJM, que establece los Incentivos por
el Pago Oportuno de Tributos, para los contribuyentes del
distrito de Jesús María;
Que, el artículo 4º de la citada Ordenanza autoriza al
señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pro-
rrogue su vigencia;
Que, mediante Informe Nº 079-2004-UR/GR/MJMI de
fecha 5 de mayo del 2004, la Unidad de Recaudación consi-
dera necesario prorrogar el plazo de vigencia de la mencio-
nada Ordenanza; a fin de que un número mayor de contribu-
yentes cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias;
Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y por la Gerencia de Rentas; en uso de las atribu-
ciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del ar-
tículo de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar el vencimiento del plazo para
acogerse a los beneficios tributarios establecidos en la Orde-
nanza Nº 137-MJM, por el lapso de 90 días adicionales a la
fecha establecida en el artículo 3º de dicha Ordenanza.
Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas a
través de la Unidad de Recaudación y a la Unidad de Infor-
mática el cumplimiento del presente Decreto y a la Secre-
taría General la publicación de la misma.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN
Alcalde
09541

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