RESOLUCION, Nº 1086-2015-SUCAMEC, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - Aceptan renuncia al cargo de Asesor 2 de la Gerencia General de la SUCAMEC-RESOLUCION-Nº 1086-2015-SUCAMEC

Fecha de disposición30 Noviembre 2015
Fecha de publicación01 Diciembre 2015

Lima, 30 de noviembre de 2015

VISTO: La Carta de fecha 26 de noviembre de 2015, suscrita por la señorita Marcela Rocío Santander Rengifo; el Oficio Nº 1258-2015-SUCAMEC/OGRH, de fecha 27 de noviembre de 2015; el Memorando Nº 1444-2015-SUCAMEC-OGRH, de fecha 27 de noviembre de 2015; y por las siguientes consideraciones:

  1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario oficial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones.

  2. Con fecha 04 de abril de 2013 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, vigente a partir del 04 de mayo de 2013, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, publicado el 12 de diciembre de 2013.

  3. A través de la Resolución Suprema Nº 064-2013-IN, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de junio de 2013, se designa al Superintendente Nacional de la SUCAMEC.

  4. Mediante Resolución de Superintendencia Nº 854-2015-SUCAMEC, de fecha 30 de setiembre de 2015, se designó, a partir del 01 de octubre de 2015, a la señorita Marcela Rocío Santander Rengifo como Asesor 2 de la Gerencia General de la SUCAMEC.

  5. Con Carta de fecha 26 de noviembre de 2015, la señorita Marcela Rocío Santander Rengifo presentó su renuncia al cargo de Asesor 2 de la Gerencia General de la SUCAMEC, con efectividad al 01 de diciembre de 2015, solicitando se le exonere del plazo de ley.

  6. De conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles – RIS de la SUCAMEC, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 305-2014/SUCAMEC de fecha 28 de octubre de 2014, la renuncia de los servidores civiles deberá efectuarse con una anticipación de treinta (30) días calendario, pudiendo retirarse antes del plazo previsto, quedando la SUCAMEC en potestad de aceptar la solicitud.

  7. Mediante el Oficio Nº 1258-2015-SUCAMEC/OGRH, de fecha 27 de noviembre de 2015, el Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos, por disposición de la Gerencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR