RESOLUCION N° 90-2014/CNB-INDECOPI - Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre abrazaderas, tableros en partículas, fibra de alpaca, catéteres intravasculares y otros
Fecha de publicación | 07 Septiembre 2014 |
Fecha de disposición | 07 Septiembre 2014 |
El Peruano
Domingo 7 de setiembre de 2014 532027
NTP 209.261:2001 ALIMENTOS COCIDOS DE
RECONSTITUCIÓN INSTANTÁNEA.
Inspección por muestreo. 1 ª Edición
Reemplazada por la NTP-ISO 2859-2:1999
(revisada el 2013)
Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas
Técnicas Peruanas:
NTP IEC 60811-1-1:2011 MÉTODOS DE ENSAYOS COMUNES
PARA MATERIALES DE AISLAMIENTO Y
CUBIERTA DE CABLES ELÉCTRICOS Y
DE FIBRA ÓPTICA. PARTE 1-1: Métodos
para aplicaciones generales. Medición
de espesores y dimensiones exteriores
- Ensayos para la determinación de las
propiedades mecánicas. 2ª Edición
NTP 208.013:2014 CACAO Y CHOCOLATE. Chocolate
compuesto y relleno. Requisitos. 3 ª Edición
NTP 209.261:2001 ALIMENTOS COCIDOS DE
RECONSTITUCIÓN INSTANTÁNEA.
Inspección por muestreo. 1 ª Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz e Ítalo Laca
Ramos.
Regístrese y publíquese.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización y
de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
1134012-1
Aprueban Normas Técnicas Peruanas de
gas natural seco y bebidas alcohólicas,
y dejan sin efecto 2 NTP
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS
Nº 89-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 28 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al
11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización
y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo
1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado
mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde
a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de
Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad
de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las
Normas Técnicas recomendables para todos los sectores
y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de
los Comités Técnicos de Normalización;
Que, las actividades de Normalización deben
realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta
para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas
que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del
Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional
mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código
viene siendo implementado por la Comisión a través del
Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte
el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas
Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos
de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-
2008/CNB-INDECOPI;
Que, toda vez que las actividades de elaboración
y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de
todos los sectores involucrados: producción, consumo
y técnico, constituidos en Comités Técnicos de
Normalización, la Comisión conformó los siguientes
Comités Técnicos de Normalización: a) Gas natural seco
y b) Bebidas alcohólicas, de acuerdo a lo dispuesto en
el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización
antes señalado;
Que, los Comités Técnicos de Normalización citados,
presentaron los siguientes Proyectos de Normas Técnicas
Peruanas (PNTP) y fueron sometidos a Discusión Pública
en las fechas indicadas:
a) Gas natural seco, 1 PNTP, el 3 de octubre de 2013,
mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de 60
días contados a partir del 26 de octubre de 2013;
b) Bebidas alcohólicas, 1 PNTP, el 27 de setiembre de
2013, mediante el Sistema 2 u ordinario por un periodo de
60 días contados a partir del 26 de octubre de 2013;
Que, habiéndose recibido observaciones a los
Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, éstas fueron
revisadas, evaluadas y aprobadas por los Comités
Técnicos mencionados anteriormente, y luego de la
evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de
la Comisión recomendó su aprobación como Normas
Técnicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica,
de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto
Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la
Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el
acuerdo unánime de sus miembros.
RESUELVE
Primero.- APROBAR como Normas Técnicas
Peruanas, las siguientes:
NTP 111.011:2014 GAS NATURAL SECO. Sistema
de tuberías para instalaciones
internas residenciales y
comerciales. 2a Edición
Reemplaza a la NTP
111.011:2006
NTP 211.043:2014 BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
Ron saborizado. Requisitos. 2a
Edición
Reemplaza a la NTP
211.043:2004
Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas
Técnicas Peruanas:
NTP 111.011:2006 GAS NATURAL SECO. Sistema de tuberías
para instalaciones internas residenciales y
comerciales.
NTP 211.043:2004 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Ron saborizado.
Requisitos
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz e Ítalo Laca
Ramos.
Regístrese y publíquese,
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización
y de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
1134012-2
Aprueban Normas Técnicas Peruanas
sobre abrazaderas, tableros en
partículas, fibra de alpaca, catéteres
intravasculares y otros
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS
Nº 90-2014/CNB-INDECOPI
Lima, 28 de agosto de 2014
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