Resolución nº 618-2023/PS0-INDECOPI-LAM de Comisión de Protección al Consumidor, de 13 de Julio de 2023

Fecha de Resolución13 de Julio de 2023
EmisorComisión de Protección al Consumidor

ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS

SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI Sede Lambayeque

EXPEDIENTE Nº 0531-2023/PS0-INDECOPI-LAM

RESOLUCIÓN FINAL 00000618-2023/PS0-INDECOPI-LAM

DENUNCIANTE : JOSE MIGUEL PUPUCHE BENITES (EL SEÑOR PUPUCHE) DENUNCIADO : WHITMAN FERDINAND TINEO ZULUETA (EL SEÑOR TINEO) MATERIA : TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL

ACTIVIDAD : VENTA AL POR MENOR DE ORDENADORES, EQUIPO PERIFÉRICO,

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Chiclayo, 13 de julio de 2023

ANTECEDENTES

1. Mediante Resolución N° 01, de fecha 16 de junio de 2023, el OPS inició un procedimiento administrativo sancionador contra el señor Tineo, por presunta infracción a lo establecido en el artículo 19º del Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código).

2. El 26 de junio de 2023 se realizó mediante Resolución N° 02 requerimiento a las partes.

3. El 29 de junio de 2023, el señor Pupuche presentó escrito pronunciándose respecto al requerimiento; sin embargo, no cumplía con lo prescrito en el artículo 113 de la Ley N° 27444, en virtud de ello se le requirió subsane.

4. El 05 de julio de 2023, el señor Tineo presentó transacción extrajudicial celebrada con el señor Pupuche, la misma que ha sido trasladada a las partes.

5. Dichos escritos, en virtud de la disposición cuarta del Decreto Legislativo N° 1497 1, se tendrán por presentados, sin necesidad de presentación física posterior, desde la fecha de presentación en el canal digital, respectivamente.

ANÁLISIS

6. El artículo 107-A° del Código regula las formas de conclusión anticipada del procedimiento sancionador, dentro de las cuales se encuentra el acuerdo al que arriben las partes, mediante conciliación o transacción, así como la formulación del desistimiento del procedimiento o de la pretensión, antes de la notificación de la resolución que agota la vía administrativa 2 .

1 Decreto Legislativo N° 1497.-

Disposición complementaria: Cuarta.- Suspensión de la presentación física de los escritos presentados de manera virtual Dispóngase la suspensión hasta el 31 de diciembre del año 2020 de la aplicación del numeral 123.3 del artículo 123 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo referido a la obligación de la presentación física del escrito o documentación por parte de los administrados. Cuando el administrado emplee medios de...

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