ORDENANZA, N° 136–2022–MDMM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR - Ordenanza que establece “Beneficios e Incentivos Tributarios y no Tributarios de la deuda en el distrito de Magdalena del Mar deuda 2020 y años anteriores”-ORDENANZA-N° 136–2022–MDMM

Fecha de disposición08 Julio 2022
Fecha de publicación08 Julio 2022
MateriaDerecho del Medio Ambiente

Ordenanza que establece “Beneficios e Incentivos Tributarios y no Tributarios de la deuda en el distrito de Magdalena del Mar deuda 2020 y años anteriores”

ORDENANZA Nº 136-2022-MDMM

Magdalena del Mar, 5 de julio de 2022

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL

MAR

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Virtual Extraordinaria de Concejo Nº 04 de la fecha, y;

VISTOS: El Informe Conjunto Nº 028-2022-SGRRC-SGEC-SGFT-GATR-MDMM, el Informe Nº 048-2022-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 118-2022-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 390-2022-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1178-2022-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los Artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de ordenanzas; las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Artículo 200º de la referida norma constitucional;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del Artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;

Que, el Artículo 41º del TUO del Código Tributario establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, el inciso a) del Artículo 68º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y la Norma II del T.U.O. del Código Tributario, señalan que los arbitrios son las tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente;

Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de sus órganos técnicos pone a consideración el proyecto de ordenanza que establece “BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS DE LA DEUDA EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR DEUDA 2020 Y AÑOS ANTERIORES”; que nace con la finalidad de diseñar instrumentos técnicos normativos facilitadores para los vecinos y contribuyentes del Distrito de Magdalena del Mar, que vienen atravesando situaciones económicas de salud, y laborales, que hacen dificultoso el cumplimiento de sus obligaciones tributarias oportunamente, aunado al clima de incertidumbre política y social del país, que ha generado desconfianza en los entes públicos y su consiguiente rechazo o demora o desplazamiento de sus recursos financieros para otros fines mas no para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, además de la incapacidad de...

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