RESOLUCION MINISTERIAL, N° 568-2022-MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Modifican la R.M. N° 712-2021-MTC/01, en lo referido al cronograma de reemplacamiento para los vehículos que cuenten con habilitación vigente para prestar el servicio de transporte especial de personas en la modalidad de transporte turístico terrestre en el ámbito nacional-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 568-2022-MTC/01.02

Fecha de disposición01 Julio 2022
Fecha de publicación02 Julio 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

Modifican la R.M. N° 712-2021-MTC/01, en lo referido al cronograma de reemplacamiento para los vehículos que cuenten con habilitación vigente para prestar el servicio de transporte especial de personas en la modalidad de transporte turístico terrestre en el ámbito nacional

Resolución Ministerial

N° 568-2022-MTC/01.02

Lima, 1 de julio de 2022

VISTOS: El Informe N° 1031-2022-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transportes Vial y el Memorando N° 0958-2022-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del primer párrafo y el literal b) del segundo párrafo del artículo 4 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establecen que el Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de servicios de transporte de alcance nacional e internacional; y, de manera compartida con los gobiernos regionales y locales, en servicios de transporte de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre;

Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, dispone que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, siendo competente para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en dicha Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-MTC (en adelante, el Reglamento de Placa) tiene por objeto regular la Placa Única Nacional de Rodaje como elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías públicas terrestres, estableciendo su clasificación y características, así como los procedimientos para su manufactura, obtención y expedición, con el fin de alcanzar los estándares de seguridad internacional para evitar su falsificación, adulteración, destrucción o empleo indebido y conforme a los lineamientos establecidos en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;

Que, a través del artículo 5 del Decreto Supremo N° 026-2019-MTC, se incorpora el literal d-1) al numeral 1.2 del Anexo I: “Cuadro de Distribución de Colores y representación gráfica de la Placa Única Nacional de Rodaje” del Reglamento de Placa, incluyendo en el referido Anexo a los vehículos de las categorías M1, M2 y M3 destinados a la prestación del servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad del servicio de transporte turístico terrestre; asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del...

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