RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000207-2022-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Prorrogan hasta el 30 de junio de 2022 la vigencia de los artículos primero y segundo de la Resolución Administrativa N° 00190-2022-P-CSJLI-PJ, que dispuso las acciones complementarias y urgentes a fin de garantizar la atención del ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000207-2022-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición10 Junio 2022
Fecha de publicación13 Junio 2022

Prorrogan hasta el 30 de junio de 2022 la vigencia de los artículos primero y segundo de la Res. Adm. N° 00190-2022-P-CSJLI-PJ, que dispuso las acciones complementarias y urgentes a fin de garantizar la atención del ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000207-2022-P-CSJLI-PJ

Lima, 10 de junio del 2022

VISTOS:

La Resolución Administrativa Nº 000196-2022-CE-PJ del 30 de mayo de 2022, la Resolución Administrativa Nº 00190-2022-P-CSJLI-PJ del 31 de mayo de 2022, y, el Informe Nº 000007-2022-GAD-CSJLI-PJ de fecha 10 de los corrientes; y,

CONSIDERANDOS:

  1. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) por medio de la Resolución Administrativa Nº 000196-2022-CE-PJ, dispuso entre otros, que las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar del Poder Judicial del 1 al 30 de junio de 2022, se efectivizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo (artículo primero). Igualmente, prorrogó del 1 al 30 de junio de 2022 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nos. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ (artículo segundo).

    Además, en el numeral 3.2.4 del artículo tercero de la referida resolución estableció que, excepcionalmente, la Presidencia del Poder Judicial y los/as Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, en coordinación con el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la respectiva Corte Superior, a fin de preservar el aforo correspondiente, pueden establecer una jornada de trabajo mixta en dos turnos, mañana y tarde, en jornadas de cinco horas presenciales complementadas con tres horas de trabajo remoto.

  2. Esta Presidencia de Corte, a través de la Resolución Administrativa Nº 00190-2022- P-CSJLI-PJ, dispuso las acciones complementarias y urgentes a fin de garantizar la...

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