RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 132-2022-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Crean el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para la reestructuración de los Centros de Desarrollo Integral de las Familias - CEDIF del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 132-2022-MIMP
Fecha de disposición | 02 Junio 2022 |
Fecha de publicación | 02 Junio 2022 |
Crean el Grupo de Trabajo sectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para la reestructuración de los Centros de Desarrollo Integral de las Familias - CEDIF del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF”
resolución ministerial
n° 132-2022-MIMP
Lima, 1 de junio de 2022
VISTOS, el Informe N° 000077-2022-INABIF/UDIF de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias; el Informe N° 000234-2022-INABIF/UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000272-2022-INABIF/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; el Oficio N° 000329-2022-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; la Nota N° D000536-2022-MIMP-DVMPV y el Memorándum N° D000144-2022-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000077-2022-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000325-2022-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D000112-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP señala que el MIMP diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos, con visión intersectorial;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002-2017-MIMP señala que el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar–INABIF es un Programa del MIMP, que tiene por objeto restituir y proteger los derechos de las familias y sus integrantes, con énfasis en niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores en situación de riesgo, desprotección y/o abandono, con la finalidad de contribuir a su desarrollo integral, propiciar su inclusión en la sociedad y garantizar el ejercicio pleno de sus derechos;
Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del INABIF, aprobado por Resolución Ministerial N° 315-2012-MIMP, señala que el INABIF cuenta con servicios de protección y desarrollo familiar, encargados de la prestación efectiva del servicio; para dicho efecto, programan y ejecutan las actividades pertinentes para su...
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