RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 15-2022-GRM/GRDE/DIREPRO, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA - Aprueban Listado de Embarcaciones Pesqueras Artesanales provistas de compresora de aire con permiso de pesca vigente y el Listado de Pescadores No Embarcados (buzos a pulmón) que cuenten con permiso de pesca vigente, que participarán en las medidas de conservación y ordenamiento para la extracción del recurso pulpo-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 15-2022-GRM/GRDE/DIREPRO

Fecha de disposición05 Mayo 2022
Fecha de publicación05 Mayo 2022
SecciónSección Única

Aprueban Listado de Embarcaciones Pesqueras Artesanales provistas de compresora de aire con permiso de pesca vigente y el Listado de Pescadores No Embarcados (buzos a pulmón) que cuenten con permiso de pesca vigente, que participarán en las medidas de conservación y ordenamiento para la extracción del recurso pulpo

DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 15-2022-GRM/GRDE/DIREPRO

Ilo, 13 de abril de 2022

VISTO:

La Resolución Ministerial N° 00308-2020-PRODUCE, la Resolución Ministerial N° 00126-2022-PRODUCE, la Resolución de Gerencia Regional Nº 020-2021-GRM/GERPRO, el Informe N° 26-2022-GRM/GERPRO-EPP y Anexos, el Informe Legal N° 025- 2022-GRM/DRDE/ALE-MAPC, Informe Nro. 27-2022-GRM/GERPRO-EPP y Anexos; el Informe de Asesoría Legal Externo Nro. 026-2022-GRM/GDRE/ALE-MAPC.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, establece que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, en el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, que son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la Región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;

Que, la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa que la Autonomía es el Derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en su artículo 2° establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú, son patrimonio de la Nación y que en consecuencia corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, la Resolución Ministerial N° 308-2020-PRODUCE aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras – Punta de Coles, ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua; estableciendo en su noveno considerando: “Que (…). En ese sentido, las medidas de conservación y ordenamiento propuestas respetan las competencias y funciones del Ministerio de la Producción y de las diferentes entidades que han participado en la elaboración de la propuesta” ii) La propuesta (…) promoverá el restablecimiento de las actividades empleando para ello medidas especiales de conservación, necesarias para este sensible ecosistema, las cuales, como se ha mencionado previamente, han sido coordinadas con el Gobierno Regional de Moquegua, (…), (…)”; y, iv) “Teniendo en consideración lo señalado (…), a fin de garantizar el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo en la RNSIIPG Punta Coles, (…); por lo que, concluye que “(…), se considera necesario aprobar las Medidas de Conservación y Ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras - Punta Coles (RNSIIPG Punta Coles) provincia de Ilo, Departamento de Moquegua (…)”;

Que, el Artículo 2º de la resolución citada establece que la finalidad de las medidas de conservación y ordenamiento es velar por el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus), en el ámbito de la RNSIIPG - Punta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR