RESOLUCION SUPREMA, N° 007-2022-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Comendador”-RESOLUCION SUPREMA-N° 007-2022-TR
Fecha de disposición | 02 Mayo 2022 |
Fecha de publicación | 03 Mayo 2022 |
Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Comendador”
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 007-2022-tr
Lima, 2 de mayo de 2022
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, en adelante el Reglamento; la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como, a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción;
Que, asimismo, el artículo 12 del Reglamento, prescribe como acción distinguida, todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas;
Que, la oportunidad de la Condecoración de la Orden del Trabajo, es un reconocimiento ciudadano y del Estado a las acciones distinguidas y servicios meritorios de los trabajadores, empleadores, académicos e instituciones que hayan destacado en el mundo de las relaciones laborales;
Que, los condecorados son elegidos por el Consejo de la Orden de Trabajo, previo estudio y evaluación de las propuestas presentadas. Asimismo, este órgano es el que define los grados de condecoración en mérito al hecho aducido como causal, que pueden ser en orden descendente: Gran Cruz (solo para Presidentes de los Poderes Públicos, Ministros de Estado y Congresistas de la República), Gran Oficial,
Comendador y Oficial;
Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, por delegación del Gran Maestre (Presidente de la Republica). El presente año este Consejo se conformó a través de la Resolución Ministerial N° 096...
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