ORDENANZA, Nº 474-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Ordenanza Regional que aprueba la reorganizacion y/o reestructuración de la Escuela Nacional de Arte Carlos Baca Flor-ORDENANZA-Nº 474-AREQUIPA

Fecha de disposición15 Abril 2022
Fecha de publicación15 Abril 2022

Ordenanza Regional que aprueba la reorganización y/o reestructuración de la Escuela Nacional de Arte Carlos Baca Flor

ORDENANZA REGIONAL

Nº 474-AREQUIPA

El Consejo Regional de Arequipa

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Que, estando a las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA REORGANIZACIÓN Y/O REESTRUCTURACIÓN DE LA ESCUELA NACIONAL DE ARTE CARLOS BACA FLOR

Artículo 1° De la aprobación.

APROBAR la Reorganización y Reestructura el funcionamiento administrativo de la Escuela Nacional de Artes Carlos Baca Flor.

Artículo 2° – De la Implementación.

ENCÁRGUESE la Gerencia Regional de Educación en coordinación con el Gobierno Regional de Arequipa y la Comisión de Educación, Deporte, Ciencia, Tecnología e Innovación del Consejo regional de Arequipa, la implementación para la reestructuración y/o reorganización de la Escuela Nacional de Arte Carlos Baca Flor, con la finalidad de optimizar el servicio educativo, en el ámbito de su competencia.

Artículo 3° – De la Vigencia de la Norma.

La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4° – De la Implementación

DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial “El Peruano”, como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En...

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