RESOLUCION MINISTERIAL, N° 109-2022-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Aprueban Metodología para el cálculo de multas y determinación de los factores agravantes y atenuantes, aplicables a los operadores de comercio exterior, en el marco del procedimiento administrativo sancionador establecido en el D.S. N° 001-2021-MINCETUR-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 109-2022-MINCETUR
Fecha de disposición | 11 Abril 2022 |
Fecha de publicación | 12 Abril 2022 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Aprueban Metodología para el cálculo de multas y determinación de los factores agravantes y atenuantes, aplicables a los operadores de comercio exterior, en el marco del procedimiento administrativo sancionador establecido en el D.S. N° 001-2021-MINCETUR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 109-2022-MINCETUR
Lima, 11 de abril de 2022
Visto, el Informe N° 0001-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DFCE-IHP de la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; y el Memorándum N° 045-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; y
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que entre las funciones generales de los Ministerios se encuentra la de aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; asimismo, el numeral 8 del artículo 25 de dicha norma dispone que entre las funciones de los Ministros de Estado se encuentra la de expedir Resoluciones Ministeriales;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1492 se establecen disposiciones con la finalidad de promover y asegurar la reactivación, continuidad y eficiencia de las operaciones logísticas del comercio exterior, vinculadas al ingreso y salida de mercancías y medios de transporte de carga desde o hacia el país, lo cual incluye la prestación de servicios de transporte de carga y mercancías vinculados a la cadena logística de comercio exterior, en todos sus modos, así como sus actividades conexas de acuerdo con lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; así como disposiciones para procurar la digitalización de los documentos y procesos de las entidades públicas y privadas, para optimizar el tiempo de las operaciones, prevenir y reducir el riesgo de contagio del personal que presta servicios en toda la cadena logística y brindarle mejores condiciones de salubridad; y finalmente, para garantizar la transparencia en los costos de los servicios de la cadena logística de comercio exterior, la cual se ha visto afectada en mayor medida a consecuencia de la emergencia sanitaria nacional ocasionada por la COVID-19;
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