DECRETO DE URGENCIA, N° 005-2022, PODER EJECUTIVO - Decreto de Urgencia que autoriza al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental a disponer de sus saldos de balance y efectuar transferencias financieras a favor del Ministerio del Ambiente y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, y que dicta otras disposiciones-DECRETO DE URGENCIA-N° 005-2022

Fecha de disposición07 Abril 2022
Fecha de publicación07 Abril 2022

Decreto de Urgencia

Nº 005-2022

DECRETO DE URGENCIA QUE AUTORIZA AL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL A DISPONER DE SUS SALDOS DE BALANCE Y EFECTUAR TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DEL SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO, Y QUE DICTA OTRAS DISPOSICIONES

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;

Que, de acuerdo al numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas;

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, como un organismo público adscrito al Ministerio del Ambiente, que tiene como función dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 021-2022-MINAM modificada por Resolución Ministerial N° 042-2022-MINAM, el Ministerio del Ambiente declara en emergencia ambiental el área geográfica que comprende la zona marina costera, ocasionada por el derrame de petróleo que ha afectado, entre otras, áreas de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras y de la Zona Reservada Ancón; disponiéndose, además, la aprobación de un Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de dicha emergencia ambiental, conforme lo prevé la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008-PCM;

Que, corresponde al Ministerio del Ambiente y al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, en el ámbito de sus competencias, ejecutar intervenciones y actividades con el objetivo de garantizar el manejo sostenible de la zona afectada, realizando los correspondientes trabajos de recuperación y remediación para mitigar la contaminación ambiental, a fin de proteger la salud de la población;

Que, para tal efecto, es necesario, a través de un Decreto de Urgencia, dictar medidas extraordinarias para el Año Fiscal 2022 en materia presupuestal, conducentes a autorizar al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental a disponer de sus saldos de balance por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y efectuar transferencias financieras a favor del Ministerio del Ambiente y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, con el propósito que permita financiar las intervenciones que estas últimas realizan en el marco de la Declaratoria de Emergencia...

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