RESOLUCION, Nº 01024-2022, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención a la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro de Andahuaylas-RESOLUCION-Nº 01024-2022

Fecha de disposición29 Marzo 2022
Fecha de publicación01 Abril 2022

Declaran el sometimiento a Régimen de Intervención a la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro de Andahuaylas

RESOLUCIÓN SBS N° 01024-2022

Lima, 29 de marzo de 2022

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS

Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS

DE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC), que modificó la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, Ley General), y otras normas concordantes, vigente a partir del 01.01.20191, otorgó a este Organismo de Control facultades de supervisión y regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, COOPAC);

Que, en atención a dichas facultades, esta Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, aprobado por la Resolución SBS N° 4977-2018 y su modificatoria, en el que, entre otros aspectos, se precisa el procedimiento y plazos de inscripción de las COOPAC, así como los casos en que procede su exclusión del Registro Nacional de COOPAC (en adelante, Registro COOPAC);

Que, la Coopac San Pedro de Andahuaylas (en adelante, Coopac SPA o Cooperativa), inscrita en la Partida Registral N° 11000342 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Andahuaylas, solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, la cual fue aceptada mediante el Oficio N° 28479-2019-SBS, notificado el 25.07.2019, asignándole el Registro N° 421-2019-REG.COOPAC-SBS. Asimismo, de acuerdo con el monto total de activos declarado por la Coopac SPA, en ese momento, se le asignó el Nivel N° 2 del Esquema Modular y se le autorizó a realizar operaciones correspondientes al Nivel N° 2 conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley COOPAC, desarrollada por la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS N° 480-2019 y sus modificatorias (en adelante, Reglamento General de COOPAC);

Que, mediante Oficio N° 36246-2020-SBS, notificado el 23.11.2020 a la Cooperativa, esta Superintendencia dispuso, en uso de las facultades otorgadas por la Ley COOPAC, realizar una Inspección Especial de manera virtual y presencial a la Coopac SPA;

Que, la Inspección Especial realizada por esta Superintendencia a la Cooperativa comprendió la revisión de los activos, pasivos, cuentas patrimoniales y cuentas de resultados de la Cooperativa, a efectos de constatar su debido sustento técnico, económico y contractual, su correcto registro y dinámica contable, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado mediante Resolución SBS N° 577-2019 y su modificatoria (Manual de Contabilidad COOPAC), para las COOPAC de Nivel 2 y demás normativa relacionada, así como la suficiencia de provisiones, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de COOPAC. Para efectos de la evaluación de suficiencia de provisiones por cartera de créditos se tomó en consideración lo normado en términos de proporcionalidad y gradualidad por el Reglamento General de COOPAC;

Que, como resultado de las evaluaciones realizadas a la documentación y sustentos presentados por la Cooperativa durante la Inspección Especial, se determinaron los siguientes ajustes con cargo al Capital Social y Reservas Cooperativas de la Coopac SPA, los mismos que se pusieron en conocimiento de la Cooperativa mediante el Oficio N° 16439-2021-SBS notificado el 31.03.2021:

Tabla N° 01: Ajustes Patrimoniales a las cuentas de Capital Social y Reservas Cooperativas

Concepto Monto en millones de Soles Referencia
(-) Déficit de Provisiones por cartera de créditos al 2020 -8.91 Ajuste SBS al 31.10.2020
(-) Extorno de Intereses Devengados -12.45 Ajuste SBS 31.10.2020
(-) Sobrevaluación de terrenos y edificios -6.36 Ajuste SBS 31.10.2020
(-) Amortización de Intangibles -1.30 Ajuste SBS 31.10.2020
(-) Castigo Otros Activos -5.08 Ajuste SBS 31.10.2020
(-) Reclasificación de depósitos transferidos a aportes -8.85 Ajuste SBS 31.10.2020
(-) Ajuste de conceptos que no constituyen reservas -1.79 Ajuste SBS 31.10.2020
(-) Otros conceptos -2.53 Ajuste SBS 31.10.2020
Total patrimonio Ajustado -56.38

Que, los ajustes sobre el patrimonio negativo de la Cooperativa se han determinado de acuerdo con los siguientes criterios:

(i) Deduciendo el déficit de provisiones por cartera crediticia, observada por esta Superintendencia en el marco de lo dispuesto por el Reglamento...

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