RESOLUCION, N° D000025-2022- IRTP PE, ORGANISMOS EJECUTORES - Modifican la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00014-2022-IRTP-PE, sobre delegación de facultades y atribuciones en diversos funcionarios del IRTP-RESOLUCION-N° D000025-2022- IRTP PE

Fecha de disposición17 Marzo 2022
Fecha de publicación17 Marzo 2022

Modifican la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00014-2022-IRTP-PE, sobre delegación de facultades y atribuciones en diversos funcionarios del IRTP

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° D000025-2022-IRTP PE

Lima, 16 de marzo de 2022

VISTOS: El Informe N° D0009-2022-IRTP-OA emitido por la Oficina de Administración y el Informe N° D000037-2022-IRTP-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (en adelante IRTP), creado por Decreto Legislativo N° 829, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura, cuya finalidad es colaborar con la política del Estado en la educación y en la formación moral y cultural de los peruanos, teniendo como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento;

Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del IRTP aprobado mediante Decreto Supremo N° 056-2001-ED y modificado por Decreto Supremo N° 006-2018-MC, señala que la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, y que se encuentra a cargo del Presidente Ejecutivo quien es el titular de la entidad, y preside el Consejo Directivo;

Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF señala que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00014-2022-IRTP-PE de fecha 17 de enero de 2022, se delegó ciertas facultades y atribuciones en materia de contrataciones con el Estado, en el Jefe de la Oficina de Administración;

Que, la Oficina de Administración por el documento del visto solicito modificar los artículos 1, 3 y 5 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00014-2022-IRTP-PE, a fin de uniformizar y consolidar algunas facultades delegadas en la Gerencia General, Oficina de Administración y Área de Logística;

Que, a través del documento del visto la Oficina de Asesoría Jurídica recomendó considerar las propuestas de modificación efectuadas por la Oficina de Administración, así como agregar la sugerencia de la Gerencia General de delegación de facultades sobre Proyectos de Inversión Pública, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, en la Oficina de Administración y en la Gerencia Técnica y de Operaciones;

Con el visto de Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP aprobado mediante Decreto Supremo N° 056-2001-ED, modificado por Decreto Supremo N° 006-2018-MC; en el Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento...

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