RESOLUCION VICE MINISTERIAL, N° 000069-2022-VMPCIC/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aprueban Plano “Delimitación de la Zona Monumental de Cajamarca” del distrito, provincia y departamento de Cajamarca-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-N° 000069-2022-VMPCIC/MC
Fecha de disposición | 14 Marzo 2022 |
Fecha de publicación | 16 Marzo 2022 |
Aprueban Plano “Delimitación de la Zona Monumental de Cajamarca” del distrito, provincia y departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000069-2022-VMPCIC/MC
San Borja, 14 de marzo del 2022
VISTOS; el Informe N° 000066-2022-DGPC/MC, los Memorandos N° 000193-2022-DGPC/MC y N° 000240-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000117-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto por el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, define como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, asimismo, el artículo IV del Título Preliminar de la ley citada anteriormente, dispone que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la precitada ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales inmuebles, que comprende de manera no limitativa, los edificios, obras de infraestructura, ambientes y conjuntos monumentales, centros históricos y demás construcciones, o evidencias materiales resultantes de la vida y actividad humana urbanos y/o rurales, aunque estén constituidos por bienes de diversa antigüedad o destino y tengan valor arqueológico, arquitectónico, histórico, religioso, etnológico, artístico, antropológico, paleontológico, tradicional, científico o tecnológico, su entorno paisajístico y los sumergidos en espacios acuáticos del territorio nacional;
Que, conforme a lo previsto en...
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