RESOLUCION, N° 0087-2022-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran la nulidad de la notificación del Acta N° 003-2021-MDC/CM Sesión Extraordinaria realizada mediante la Cédula de Notificación N° 004-2021-MDC, dirigida a regidor de la Municipalidad Distrital de Colta, provincia de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho y en consecuencia, nulos los actuados posteriores a dicha notificación-RESOLUCION-N° 0087-2022-JNE

Fecha de disposición23 Febrero 2022
Fecha de publicación23 Febrero 2022
MateriaDerecho Procesal

Declaran la nulidad de la notificación del Acta N° 003-2021-MDC/CM Sesión Extraordinaria realizada mediante la Cédula de Notificación N° 004-2021-MDC, dirigida a regidor de la Municipalidad Distrital de Colta, provincia de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho y en consecuencia, nulos los actuados posteriores a dicha notificación

Resolución N° 0087-2022-JNE

Expediente N° JNE.2020035699

COLTA - PÁUCAR DEL SARA SARA - AYACUCHO

VACANCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, once de febrero de dos mil veintidós

VISTO: el escrito del 7 de febrero de 2022, presentado por don Hildebrando Heredia Neyra, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colta, provincia de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho (en adelante, señor alcalde), así como el escrito del 16 de diciembre de 2021, presentado por el abogado don Christian Godoy Huamán, en su calidad de asesor legal externo de la entidad edil (en adelante, asesor legal externo), en el marco del procedimiento de vacancia seguido en contra de don Jhon Guerlio Paredes Canales, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. Mediante Resolución N° 0805-2021-JNE, del 1 de setiembre de 2021, este Supremo Tribunal Electoral declaró nula la sesión extraordinaria del 28 de octubre de 2019, y requirió al señor alcalde que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia seguida en contra del señor regidor.

1.2. A través del Auto N° 2, del 10 de noviembre de 2021, se requirió al señor alcalde y al secretario general, o quien hiciera sus veces, que en un plazo máximo de tres (3) días hábiles luego de notificado, cumplan con remitir, en originales o copias certificadas (legibles), los documentos señalados en el considerando 2.2. del mencionado auto, los cuales son:

  1. Cargos de notificación de la convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo, dirigida a la parte solicitante, a los miembros del concejo distrital y, en especial, al señor regidor.

  2. Acta de sesión extraordinaria de concejo relacionada con el procedimiento de vacancia del señor regidor.

  3. El acuerdo de concejo que materializó la decisión adoptada.

  4. Cargos de notificaciones del acuerdo de concejo, dirigidas al solicitante de la vacancia, a los miembros del concejo distrital y, en especial, al señor regidor.

  5. Constancia de no haberse interpuesto recurso de apelación dentro del plazo de ley en contra de dicho acuerdo de concejo o, en su defecto, se eleve el recurso de apelación presentado.

  6. La tasa por convocatoria de candidato no proclamado (equivalente al 8.41 % de una unidad impositiva tributaria - UIT) establecida en el ítem 2.30 del artículo primero de la Resolución N° 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario oficial El Peruano, en caso se haya declarado la vacancia del señor regidor y la decisión sobre el particular se encuentre consentida.

    1.3. De manera posterior, con el Oficio N° 04660-2021-SG/JNE, la Secretaría General de este órgano electoral reiteró dicho requerimiento de documentación.

    1.4. El 16 de diciembre de 2021, el asesor legal externo remitió los siguientes documentos:

  7. Cargos de notificación de la citación a la sesión extraordinaria de concejo a realizarse el 29 de octubre de 2021, dirigida al señor regidor y a los demás miembros de concejo.

  8. Acta N° 003-2021-MDC/CM, Sesión Extraordinaria del viernes 29 de octubre de 2021.

  9. Cargos de notificaciones de la referida acta de sesión extraordinaria, dirigida a los miembros del concejo municipal y al señor regidor.

  10. Constancia de que el señor regidor no interpuso recurso de apelación en contra del Acta N° 003-2021-MDC/CM.

  11. Acuerdo del Concejo Municipal de Colta N° 030-2021-MDC, del 30 de noviembre de 2021, que declaró consentida el Acta N° 003-2021-MDC/CM, Sesión Extraordinaria del viernes 29 de octubre de 2021.

  12. Pago de la tasa por convocatoria de candidato no proclamado.

    1.5. Ante ello, a través del Oficio N° 0555-2022-SG/JNE, del 1 de febrero de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó al señor alcalde que cumpla con informar sobre las facultades del asesor legal externo, debiendo adjuntar la resolución o el poder correspondiente; o, en su defecto, el secretario general, o quien haga de sus veces, precise si la información remitida por el referido asesor está relacionada con la documentación obrante en los archivos de la municipalidad.

    1.6. En cumplimiento a lo solicitado, mediante escrito del 7 de febrero de 2022, el señor alcalde remitió la Resolución de Alcaldía N° 0101-2021-MDC/ALC, del 13 de diciembre de 2021, con la cual se delegó al asesor legal externo encargarse de realizar el seguimiento y presentar los documentos requeridos por esta sede electoral relacionados con el procedimiento de vacancia del señor regidor.

    CONSIDERANDOS

    PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

    En la Constitución Política del Perú

    1.1. Los numerales 3 y 14 del artículo 139 establecen, como principios y derechos de la función jurisdiccional, lo siguiente:

    3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.

    Ninguna...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR