ORDENANZA, Nº 001-2022-MDLP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA PERLA - Ordenanza que aprueba el monto mínimo del Impuesto Predial, fecha de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios e incentivos tributarios por pronto pago de las Tasas de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2022 del distrito de La Perla-ORDENANZA-Nº 001-2022-MDLP
Fecha de disposición | 28 Enero 2022 |
Fecha de publicación | 11 Febrero 2022 |
Ordenanza que aprueba el monto mínimo del Impuesto Predial, fecha de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios e incentivos tributarios por pronto pago de las Tasas de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2022 del distrito de La Perla
ORDENANZA N° 001-2022-MDLP
La Perla, 28 de enero de 2022
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de enero de 2022, el Dictamen N° 004-2021 presentado por la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto sobre el Proyecto de “Ordenanza Municipal que Aprueba el Monto Mínimo del Impuesto Predial, Fecha de Vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrio e Incentivos Tributarios por Pronto Pago de las Tasas de Arbitrios Municipales del Ejercicio 2022 del Distrito de La Perla”; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley N° 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200°de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el segundo párrafo de la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal ejerce su función normativa a través de ordenanzas;
Que, de conformidad con el artículo 1° del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, es de interés nacional la racionalización del sistema tributario municipal, a fin de simplificar la administración de los tributos que constituyan renta de los Gobiernos Locales y optimizar su recaudación;
Que, mediante Informe N° 001–2022–GATR/MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 10 de enero del 2022, Informe N° 003-2022-SGP-GPP/MDLP emitido por la Subgerencia de Planeamiento de fecha 11 de enero del 2022, Memorándum N° 016-2022-GPP/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 11 de enero del 2022, Informe N° 031-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 13 de enero del 2022, Informe N° 005–2022–GATR/MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 18 de enero del 2022, Informe N° 006-2022-SGP-GPP/MDLP emitido por la Subgerencia de Planeamiento de fecha 18 de enero del 2022, Memorándum N° 075-2022-GATR/MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 18 de enero del 2022, Informe N° 007-2022-SGP-GPP/MDLP emitido por la Subgerencia de Planeamiento de fecha 18 de enero del 2022, Memorándum N° 071-2022-GPP/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 18 de enero del 2022, Informe N° 038-A-2022-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 18 de...
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