RESOLUCION, Nº 012-2022-SMV/02, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican el Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01-RESOLUCION-Nº 012-2022-SMV/02

Fecha de disposición04 Febrero 2022
Fecha de publicación06 Febrero 2022
MateriaDerecho Procesal

Modifican el Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE

Nº 012-2022-SMV/02

Lima, 4 de febrero de 2022

El Superintendente del Mercado de Valores

VISTOS:

El Expediente N° 2021046801 y los Informes Conjuntos Nos. 1572-2021-SMV/10/06/12 y 119-2022-SMV/06/10/12 del 21 de diciembre de 2021 y 2 de febrero de 2022, respectivamente, ambos emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e Innovación, así como el Proyecto de modificación de los artículos 40, 44 y Anexo F del Reglamento de Agentes de Intermediación (en adelante, el “Proyecto”);

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 (en adelante, “Ley Orgánica de la SMV”), la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción;

Que, el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la SMV establece como atribución del Directorio de la SMV la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquellas a las que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV;

Que, mediante Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01 del 15 de diciembre de 2015, se aprobó el Reglamento de Agentes de Intermediación, el cual contiene disposiciones aplicables a los agentes de intermediación, estableciendo, entre otros, la figura de los distintos tipos de Representantes y la obligatoriedad de la certificación de conocimientos como requisito indispensable para obtener y mantener la autorización de Representante de un agente de intermediación;

Que, en línea con la agenda regulatoria de la SMV, difundida a través del Portal del Mercado de Valores, y en el marco de lo que señala la Ley del Mercado de Valores, el Proyecto plantea modificar los artículos 40, 44 y el Anexo F del Reglamento de Agentes de Intermediación, a efectos de precisar las funciones a desarrollar por cada tipo de Representante de acuerdo a la certificación vigente que mantienen, así como incorporar la posibilidad de que los agentes de intermediación contraten personas jurídicas para brindar información relacionada con los servicios que ofrecen;

Que, a su vez, el Proyecto precisa el periodo de vigencia y renovación de los certificados de Representantes, reestructura los componentes básicos y especializados del examen de idoneidad profesional, reduce la periodicidad mínima del examen, entre otras modificaciones, orientadas a mejorar el proceso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR